Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00622/2024)
Aprobación inicial del expediente de modificación del Reglamento de la agrupación de Protección Civil de Fuente del Maestre
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

Anuncio 622/2024

c) Contraincendios y salvamento.
d) Telecomunicaciones.
e) Seguridad vial.
f) Habilidades sociales.
Tanto la metodología como la totalidad de los contenidos del curso deberán integrar
transversalmente la perspectiva de género, incorporando objetivos y actuaciones específicos
dirigidos a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en todas las políticas y acciones, a
todos los niveles y en todas sus fases de diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación, así
como la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, proscribiendo cualquier discriminación,
directa o indirecta, por razón de sexo, en todos los ámbitos, y singularmente en las esferas
económica, social, laboral, cultural y educativa.
2.- La formación del voluntariado de protección civil será impartida por la Academia de
Seguridad Pública de Extremadura, y por otras entidades que impartan cursos homologados
por la citada Academia.
3.- Los criterios para la homologación de los cursos impartidos por otras entidades se regirán
por la normativa que establezca los requisitos y el procedimiento para su reconocimiento por
la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
4.- El Ayuntamiento podrá programar y ejecutar cuantas actividades formativas considere
oportunas para la plena capacitación de la agrupación dependiente de aquella, teniendo en
cuenta, en todo caso, lo dispuesto en los apartados anteriores para su reconocimiento.

Capítulo IV. Distintivos de las agrupaciones
Artículo 43. Distintivos del voluntariado de protección civil
1.- Los distintivos del voluntariado de protección civil serán el conjunto de símbolos externos
que identifican a los miembros, equipamiento, vehículos e instalaciones de las agrupaciones de
voluntariado de protección civil.
2.- Se clasifican en insignias y divisas.
a) Son consideradas insignias a los efectos de este decreto los escudos de
protección civil del Ayuntamiento de Fuente del Maestre, otros distintivos
oficiales concedidos y regulados por distinta normativa y aquellos socialmente
reconocidos concedidos por alguna institución como reconocimiento al trabajo
voluntario de protección civil.
La insignia del voluntariado de protección civil contendrá un escudo, en los
términos del anexo I del Decreto 100/2021, de 1 de septiembre, o norma que lo
sustituya.
b) Las divisas son aquellos distintivos logrados en función del grado y escala de
pertenencia del personal voluntario, que tiene que ver con la responsabilidad y
mando dentro de la organización.
Mediante las divisas se definen las categorías jerárquicas que conforman las
agrupaciones de voluntariado de protección civil, según se detalle en la orden
que se desarrolle.
3.- Para su diseño, colocación, tamaños, distribución o utilización de estos distintivos se estará
a lo dispuesto en la normativa dictada por la consejería competente en materia de protección
civil y emergencias, vigente en cada momento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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