Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00622/2024)
Aprobación inicial del expediente de modificación del Reglamento de la agrupación de Protección Civil de Fuente del Maestre
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

Anuncio 622/2024

1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a
ningún tipo de contraprestación, ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) No haber sido expedientado dentro de la agrupación de voluntarios.
c) Haber realizado un mínimo de 150 horas de servicios.
d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
e) Acreditar los dos niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios
de protección civil específicas, incluidas en el plan de formación para voluntarios
de protección civil de la Junta de Extremadura.
3.- El Jefe de grupo será, cuando existan más de dos equipos en un operativo, el Jefe de equipo
con mayor antigüedad que cumpla los requisitos anteriores, en el puesto de Jefe de equipo.
Artículo 28. Jefe de equipo.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a
ningún tipo de contraprestación, ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para ocupar este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) No haber sido expedientado dentro de la agrupación de voluntarios.
c) Haber realizado un mínimo de 100 horas de servicios.
d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.

Artículo 29. Voluntario en prácticas.
Es toda aquella persona que, cumpliendo con los requisitos exigidos para su ingreso en la agrupación y
superar o estar en proceso de Formación Básica en su primer nivel las pruebas médicas y psicotécnicas, si
proceden, establecidas por el Ayuntamiento de Fuente del Maestre, debe realizar con aprovechamiento un
período de prácticas de un año.
A todos los efectos, tendrán los mismos derechos y obligaciones que los voluntarios operativos salvo las
opciones de mando y dirección de personal.
Todo aquel voluntario en prácticas mayor de edad que reúna las características técnicas imprescindibles y
esté en posesión de la titulación requerida, en su caso, podrá actuar en casos de extrema gravedad y
urgencia, siempre y cuando vaya acompañado de al menos un voluntario operativo.
Artículo 30. Voluntario operativo.
1.- Es todo aquel voluntario que, tras superar el período de prácticas, sea nombrado por el
Alcalde o, en su caso, por el Concejal Delegado, acordando su integración en la agrupación
municipal de voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Dicho
voluntario ejercerá desde ese momento, el derecho a colaborar de manera regular en las
tareas de protección civil desde el seno de la Agrupación.
2.- Los voluntarios con edades comprendidas entre los doce y dieciocho años tendrán la misma
condición de voluntarios operativos que los mayores de edad, pero solo podrán participar en
actos preventivos y contando con la supervisión y el acompañamiento de otro voluntario mayor
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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