Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00622/2024)
Aprobación inicial del expediente de modificación del Reglamento de la agrupación de Protección Civil de Fuente del Maestre
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

Anuncio 622/2024

órdenes.
7.- Si a la llegada de los voluntarios al lugar de la emergencia ya se encuentra actuando un
servicio profesional, el responsable del colectivo de voluntarios movilizados se presentará al
mando profesional que lidere la emergencia y desarrollarán las labores que este les asigne.
8.- Si el responsable municipal considera que los voluntarios movilizados a la emergencia no
están capacitados para desarrollar las labores que le han sido asignadas, deberá comunicarlo
de forma inmediata al responsable del operativo para que adopte las medidas que estime
oportunas.
9.- El Jefe de cada uno de los grupos y equipos deberán velar por la seguridad de su personal
ordenando la retirada inmediata de este, cuando la evolución de la emergencia pueda poner en
peligro su seguridad.
Artículo 17. Actuación fuera de servicio.
Los voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de Fuente del Maestre y los colaboradores no actuarán
como miembros de protección civil fuera de su ámbito de actuación. En el caso de encontrarse con una
emergencia con repercusión en el ámbito de protección civil, las actuaciones a desarrollar serán las
siguientes:
a) Informarán de la emergencia al teléfono de emergencias 112 y/o a los servicios profesionales
oportunos.
b) Actuarán directamente en la emergencia en función de sus conocimientos y experiencia.
c) A la llegada de los servicios de emergencia profesionales, se identificarán, informarán de los
hechos y de la situación y si el Director del puesto de mando avanzado así lo determina se
integrarán en la unidad básica que este establezca.
Artículo 18. Funciones.
1.- La actuación de la agrupación de voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de Fuente
del Maestre, se centrará, de forma permanente y regularizada, en el campo preventivo y
operativo de la gestión de emergencias, catástrofes y/o calamidades públicas, conforme a lo
previsto en el plan territorial municipal de Fuente del Maestre, en los planes de actuación
frente a riesgos específicos y en actos de pública concurrencia solicitados por el Ayuntamiento
de Fuente del Maestre, siempre en tareas de apoyo y/o complementarias a los servicios de
emergencia profesionales.
2.- En caso de ausencia de servicios de emergencia profesionales, o con tiempos de respuesta
muy elevados, teniendo conocimiento de la emergencia y previa notificación de esta al centro
de coordinación de emergencia correspondiente, podrán actuar eventualmente en tareas de
intervención ante accidentes o siniestros, pasando a ejercer tareas de apoyo una vez los
servicios profesionales hagan acto de presencia y actuando bajo su dirección a partir de
entonces.
3.- El plan territorial municipal frente a emergencias y los planes de actuación municipal frente
a riesgos específicos podrán fijar la naturaleza y el número de actuaciones de la agrupación en
función de su capacidad y aptitud para asumirlas.
Artículo 19. Desarrollo de las funciones de los miembros del voluntariado.
1.- Las funciones del voluntariado de protección civil se desarrollarán siempre dentro de la
estructura orgánica de la agrupación, obedeciendo las instrucciones de las personas
responsables de la agrupación, autoridades y personal competente en materia de protección
civil y siempre dentro del ámbito de las funciones que se atribuyen a estas agrupaciones de
conformidad con la normativa aplicable en materia de protección civil.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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