Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00593/2024)
Aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas destinadas al transporte de personas mayores con dificultades de movilidad durante el año 2024
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 593/2024

A los efectos previstos en estas bases, la unidad familiar se entiende compuesta por todas las personas que
residan en el mismo domicilio.
- Presentar problemas de dificultades de movilidad para la utilización de transportes colectivos. Este requisito
se acreditará mediante emisión de un informe médico.
Cuarta. Cuantía de las ayudas.
La ayuda se concretará en desplazamientos gratuitos para la utilización del servicio de taxi a los centros sanitarios de la
Zona de Salud Don Benito-Villanueva de la Serena, atendiendo a la fecha de entrada de solicitudes en el Registro municipal y
al cumplimiento de los requisitos regulados en la base tercera.
A cada beneficiario se le expedirá una tarjeta con 20 bonos-desplazamiento, equivalentes a 60,00 euros, que caducará el 27
de diciembre de 2024.
El número máximo de bonos a conceder será de 3 por persona solicitante, siempre sujeto a la disponibilidad de la partida
presupuestaria destinada a esta finalidad.
Quinta. Solicitudes y tramitación.
El procedimiento para la concesión de estas ayudas se iniciará mediante solicitud del interesado, formulada conforme al
modelo que será facilitado por el Servicio Social de Asistencia Social Básica y que podrá obtenerse asimismo en la web
municipal.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación especificada en las presentes bases, se
presentarán en el Registro municipal, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
Con las solicitudes deberán acompañarse los siguientes documentos:
- Documentación acreditativa de identidad (copia del DNI o NIE).
- Certificados de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y
declaración de haber justificado debidamente las subvenciones que, en su caso, se hayan obtenido con
anterioridad.
- Documentación acreditativa de los ingresos familiares: Certificados de pensiones de todos los miembros de
la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento y convivencia.
El solicitante deberá autorizar a la Administración municipal para poder recabar de cualquier otra administración, entidad o
particular, la información necesaria para verificar o completar los datos declarados y la documentación aportada.
El plazo de las solicitudes se iniciará desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia, y terminará el día 16 de diciembre de 2024.
Sexta. Instrucción y resolución.
La instrucción del procedimiento se efectuará por la concejalía de Política Social, que estará facultada para efectuar las
verificaciones necesarias de la documentación aportada por los interesados, pudiendo requerir a los mismos cualquier otra
documentación que fuere precisa para evaluar la situación de necesidad que motiva la solicitud de la ayuda.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Política Social las revisará, y en caso de que alguna solicitud
adoleciera de alguno de los documentos o requisitos exigidos en la convocatoria, se otorgará un plazo de 3 días hábiles al
solicitante para que lo subsane o alegue lo que a su derecho interese.
Una vez terminado el plazo de subsanación, el Servicio de Política Social elaborará una propuesta en la que se incluya a los
beneficiarios de la ayuda, así como a aquellos a los que se le deniegue la misma, con indicación del motivo.
La resolución corresponderá a la concejalía de Política Social, previa fiscalización de la intervención de la entidad, estando
sujetas las ayudas a la dotación presupuestaria existente.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 3 meses a partir de la fecha de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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