Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00593/2024)
Aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas destinadas al transporte de personas mayores con dificultades de movilidad durante el año 2024
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Villanueva de la Serena (Badajoz)
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Aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas destinadas al transporte de personas mayores con
dificultades de movilidad durante el año 2024

Por resolución de la alcaldía de 14 de febrero de 2024, avocando para este asunto concreto las atribuciones que tiene
delegadas en la Junta de Gobierno Local mediante resolución de 21 de junio de 2023, publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia número 120, de 26 de junio siguiente, se han aprobado las bases reguladoras de la concesión de ayudas
destinadas al transporte de personas mayores con dificultades de movilidad durante el año 2024, cuyo texto se trascribe a
continuación.
Asimismo, se ha aprobado la convocatoria pública de las citadas ayudas, autorizando un gasto de ocho mil (8.000,00) euros
con cargo a la partida 22/231/22731 del vigente presupuesto.
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS AL TRANSPORTE DE PERSONAS MAYORES CON
DIFICULTADES DE MOVILIDAD DURANTE EL AÑO 2024
Primera. Objeto.
Las presentes bases regulan la concesión de ayudas de transporte para la utilización del servicio de taxi, destinadas a
personas mayores que presenten dificultades de movilidad, que vivan solas o en compañía de su cónyuge u otros familiares,
todos ellos mayores de 65 años, con ausencia de apoyo familiar o insuficiente y que no puedan hacer uso, con carácter
general, de los transportes colectivos.
La ayuda se concreta en la concesión de un bono que permita a los beneficiarios la utilización del servicio de taxi para
desplazamientos a los diferentes centros sanitarios de la Zona de Salud Don Benito-Villanueva de la Serena.
Dada la naturaleza de estas ayudas, solo podrán ser destinatarias de las mismas las personas físicas que utilicen
directamente el servicio de taxi.
El disfrute de estas ayudas es compatible con otras ayudas que el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena pudiera tener
reconocidas destinadas a personas mayores.
Segunda. Régimen jurídico.
La concesión de estas ayudas se regirá por lo dispuesto en las presentes bases y, en lo no previsto en las mismas, serán de
aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ordenanza general de
subvenciones del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, aprobada por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de
mayo de 2005 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 152, de 10 de agosto siguiente; y en las bases de
ejecución del presupuesto municipal para el ejercicio de 2024.
Tercera. Requisitos de los beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se concedan por medio de esta convocatoria las personas a que se refiere la
base primera y que, además, cumplan los siguientes requisitos:
- Estar inscritas en el padrón de habitantes del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena con al menos un año
de antigüedad a la fecha de presentación de la solicitud.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Haber justificado debidamente las subvenciones municipales que pudieran haber obtenido con anterioridad,
salvo que no haya vencido el plazo para su justificación.
- Obtener la unidad familiar del solicitante unos ingresos familiares cuya cuantía, en el mes inmediatamente
anterior a la fecha de presentación de la solicitud, no sobrepase la cantidad de 2 veces el Indicador Público de
Rentas de Efectos Múltiples.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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