Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Amalia. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00577/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estancia y uso de los servicios de la residencia de mayores y centro de día
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Ayuntamiento de Santa Amalia

Anuncio 577/2024

Matrimonios, parejas de hecho o análoga relación legalmente registrada.
- En el supuesto de usuarios unidos mediante matrimonio, pareja de hecho o
cualquier otra fórmula legalmente admitida, cuando ambos ocupan plaza y que
ambos cónyuges posean ingresos, servirá de base para el cálculo de la tasa a
satisfacer por la pareja, la suma de los mismos y dividida esta cantidad entre 2.
- En el supuesto de usuarios unidos legalmente, cuando solo uno de ellos ocupa
plaza y que solo uno de ellos posea ingresos, servirá de base para el cálculo de la
tasa a satisfacer, el 50% de dichos ingresos.
A.2. Plazas no concertadas.- En los supuestos de plazas no concertadas con la Consejería
competente de la Junta de Extremadura, los residentes, deberán abonar las cuantías a aplicar
en cada caso:
A.2.a.- Plazas con PEVS (prestación económica vinculada al servicio). Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las
personas en situación de dependencia, cuota diferenciada por grado de
dependencia del usuario.

1.b.1) Usuario con dependencia severa. Grado II o asimilable

Cuota mes 1.271,83 euros

1.b.2) Usuario con gran dependencia. Grado III o asimilable

Cuota mes 1.387,41 euros

A.2.b.- Plazas libres/municipales. Cuota establecida según el grado de
dependencia reconocido o asimilable.

1.b.3) Dependencia Moderada

Cuota mes 1.040,70 euros

1.b.4) Dependencia severa asimilable a Grado II

Cuota mes 1.271,83 euros

1.b.5) Dependencia asimilable Grado III

Cuota mes 1.387,41 euros

A.2.c.- Estancias temporales en plazas municipales y PEVS.
Se estable la posibilidad de estancias temporales, previa solicitud y aceptación
de la Comisión de de Valoración, con las siguientes tarifas:

Usuario residentes con dependencia o asimilable a Grado II

Cuota diaria 50,00 euros

Usuario residentes con dependencia o asimilable a Grado III

Cuota diaria 60,00 euros

B.- Otros servicios:
B.1. Servicio de acompañamiento fuera de la residencia.
Para las salidas de residentes a consultas externas u otros servicios médicos o sanitarios, así
como cualquier otro tipo de desplazamiento del residente, la residencia gestionará el
transporte, especial si fuese necesario, y avisará a los familiares para que acompañen al
residente. En caso de que el familiar no pudiera, el centro pondrá a su disposición,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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