Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medina de las Torres. (00364/2024)
Bases de la convocatoria para la constitución de bolsa de trabajo de personal laboral temporal en el Ayuntamiento de Medina de las Torres
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Ayuntamiento de Medina de las Torres

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La composición de la inicial bolsa de trabajo se actualizará cada dos años.
Dicho proceso de actualización será anunciado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web del
Ayuntamiento, así como en la sede electrónica y en los perfiles oficiales que el ayuntamiento tenga habilitados en las redes
sociales (Facebook, Instagram, etc.).
Artículo 4.- Condiciones de admisión de aspirantes.
De conformidad con el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para poder participar será necesario:
• Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del mismo texto legal.
• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
• Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
• Poseer la titulación exigida.
Artículo 5.- Categorías profesionales y requisitos específicos.
La bolsa de trabajo se constituirá con las siguientes categorías profesionales, que tendrán los siguientes requisitos de
acceso:
• Limpiador/a de vías y espacios públicos. Limpieza de cualquiera de las vías y espacios públicos del municipio,
así como de las zonas verdes. Se requiere estar en posesión del graduado escolar o equivalente.
• Oficial de primera. Se requiere estar en posesión del graduado escolar o equivalente y de la tarjeta
profesional de la construcción de al menos 20 horas. Así mismo, experiencia de más de un año en trabajos de
albañilería.
• Peón de la construcción y usos múltiples. Se requiere estar en posesión del graduado escolar o equivalente.
Así mismo, disponer de la tarjeta profesional de la construcción de al menos 20 horas. Estar en posesión del
carné de conducir tipo B. Estar en posesión del carné de productos fitosanitarios, como mínimo nivel
fumigador.
Artículo 6.- Acreditación de criterios y méritos.
Los aspirantes deberán aportar, junto a la solicitud, los siguientes documentos:
• Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
• Documentación acreditativa de titulación exigida.
• En su caso, TPC y/o carné aplicador productos fitosanitarios.
• En su caso, Carné de conducir tipo B.
• Tarjeta de demanda de empleo o mejora de empleo.
• Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen conforme al baremo de la convocatoria:
Informe SEXPE acreditativo de las situaciones que se pretendan hacer valer como mérito, en concreto,
si el aspirante es demandante de primer empleo, si es demandante mayor de 45 años, tiempo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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