Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00326/2024)
Convocatoria del proceso selectivo para la provisión interina del puesto de Secretaría, clase segunda, del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 326/2024

competente a quien corresponda su expedición.
Los ejercicios superados las pruebas selectivas para la formación de lista de espera para la
provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, mediante
certificación expedida por el tribunal selectivo u órgano competente a quien corresponda su
expedición.
c) Los cursos de formación mediante copia auténtica.
5.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, el concurso-oposición consistirá en la práctica sucesiva de ambos sistemas, en la cual precederá
siempre la fase de oposición.
6.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
6.1. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará público el aspirante que haya superado las pruebas
selectivas y lo elevará al Presidente de la Corporación para que remita a la Junta de Extremadura propuesta
de nombramiento interino a favor del mismo.
6.2. Todo ello siempre que según lo establecido en el artículo 53 del RD 128/2018, de 16 de marzo, no fuese
posible la provisión del citado puesto por los procedimientos previstos en los artículos 49, 50 y 51 del citado
Reglamento, circunstancia que deberá quedar acreditada en el expediente.
7.- Presentación de documentos y propuesta de nombramiento.
7.1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista
definitiva de aspirantes aprobados en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento, el aspirante
propuesto presentará en el Registro General del Ayuntamiento, los documentos que a continuación se
relacionan:
• Copia auténtica del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de
cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad.
• Copia auténtica de la titulación exigida en las bases o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
• Declaración jurada o promesa de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las
tareas inherentes al puesto convocado y de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer
funciones similares a las que desempeñaba, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
• Cualquier otro documento vinculado al expediente que se estime estrictamente necesario.
7.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado anterior, salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma se dedujese
que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas no podrán ser adjudicatarios del puesto de
trabajo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil en la que
pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. En este caso, o en el de renuncia
previa al nombramiento, el órgano competente municipal, formulará nombramiento adicional a favor del
aspirante que siguiendo el orden de puntuación a los aprobados y habiendo superado el proceso selectivo,
no hubiera sido nombrado por no tener cabida en la plaza convocada.
7.3. Finalizado el proceso selectivo y aportada la documentación exigida, el Ayuntamiento elevará propuesta
de nombramiento a la Junta de Extremadura con el expediente completo, para que una vez comprobado el
cumplimiento de los requisitos legales, efectúe el correspondiente nombramiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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