Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. (00289/2024)
Bases para la provisión temporal en comisión de servicios de dos plazas de Agentes de la Policía Local en Arroyo de San Serván
5 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Arroyo de San Serván

Anuncio 289/2024

La presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde, y se presentarán en el Registro general del
Ayuntamiento, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a aquél en que aparezca la publicación de esta
convocatoria en el citado Boletín Provincial. Podrán presentarse por cualquier medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A las solicitudes deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria, a saber:
a) Certificado expedido por la Secretaría del Ayuntamiento de procedencia, acreditando que el aspirante en
cuestión es funcionario del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento respectivo con la categoría de Agente
de la Policía Local, así como de que se encuentra en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase
a la situación de segunda actividad por razón de edad.
b) Informe de la Alcaldía del Ayuntamiento de procedencia en el que muestre su conformidad y compromiso
de autorizar la comisión de servicios.
c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
d) Certificado acreditativo de carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente
personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
4. Lista provisional y definitiva.
Expirado el plazo el plazo de presentación de solicitudes, por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación de la lista
provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Arroyo de San Serván,
pudiendo los aspirantes excluidos, en el plazo de tres días hábiles previsto en los artículos 68.1 y 33 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, subsanar las deficiencias que por su
naturaleza sean subsanables.
Transcurrido este plazo, por resolución de la Alcaldía se declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que
se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Arroyo de San Serván, indicando el lugar, fecha y hora, y el
comienzo de las entrevistas.
Asimismo, el Tribunal se hará público en la sede electrónica del Ayuntamiento, a los efectos previstos en la legislación
vigente.
5. Selección.
Los funcionarios de la Policía Local que soliciten las plazas convocadas en comisión de servicio, serán seleccionados
mediante la realización de una entrevista personal a cada uno de los aspirantes que reúna los requisitos establecidos en la
base segunda de la presente convocatoria.
Los aspirantes serán convocados para realizar la entrevista personal mediante anuncio que se publicará en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Arroyo de San Serván, en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo
quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los entrevistados para que acrediten su identidad.
Los candidatos deberán ir provistos del DNI, pasaporte o carné de conducir.
La entrevista consistirá en mantener un diálogo con el Tribunal sobre cuestiones vinculadas a las funciones propias de los
puestos de trabajo y a la experiencia profesional de los aspirantes, pudiéndose efectuar preguntas sobre su nivel de
formación.
La puntuación máxima a obtener en la entrevista será de 10 puntos.
6. Tribunal Calificador.
El Tribunal estará formado por cinco miembros, con la asistencia preceptiva del Presidente y de la Secretaria, siendo
designados los miembros por resolución de la Alcaldía.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y todos sus miembros, titulares y suplentes, serán
funcionarios de carrera y deberán pertenecer a un grupo de clasificación igual o superior a aquél en el que se integre la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 5