Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. (00289/2024)
Bases para la provisión temporal en comisión de servicios de dos plazas de Agentes de la Policía Local en Arroyo de San Serván
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván

Anuncio 289/2024

plaza convocada y, en caso de ser miembros de un cuerpo de Policía Local, deberán, además, pertenecer a una categoría
igual o superior a la correspondiente a las plazas objeto de convocatoria. En dicha composición se tenderá, asimismo, a la
paridad entre hombres y mujeres.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal podrá llevarse a cabo de conformidad con los artículos 23 y 24 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se
requerirá la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus
miembros.
El Tribunal podrá reunirse de forma telemática.
El Tribunal Calificador resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan
para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan
suscitarse durante la realización del proceso selectivo, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el
debido orden en el mismo en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la
forma establecida en la normativa vigente.
7. Aspirantes seleccionados, nombramiento y toma de posesión.
Terminada la entrevista y calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica
la puntuación obtenida por cada participante.
El Tribunal no podrá declarar seleccionados un mayor número de aspirantes que el de plazas a proveer. Las propuestas de
aspirantes seleccionados que infrinjan esta limitación serán nulas de pleno derecho.
El Tribunal elevará a la Alcaldía la propuesta de nombramiento como funcionarios en comisión de servicios a los aspirantes
seleccionados.
El Alcalde procederá al nombramiento de las personas propuestas en comisión de servicios de carácter voluntario.
Los funcionarios nombrados para cubrir la plaza en comisión de servicio, tomarán posesión de la misma en el plazo máximo
de tres días a contar desde el día siguiente a aquél en que reciban la notificación de dicho nombramiento, previa
acreditación de todos los requisitos exigidos en estas bases.
8. Incidencias.
La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria.
No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para
aquellos supuestos no previstos en las bases, velando por el buen desarrollo del proceso selectivo.
Para lo no previsto en las bases de la convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de
las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y demás disposiciones legales o reglamentarias que le sean
de aplicación.
Arroyo de San Serván, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Eugenio Moreno Izaguirre.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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