Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios La Serena (Castuera). (00270/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del servicio de recogida y tratamiento integral y selectivo de residuos sólidos urbanos
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Mancomunidad de Municipios La Serena

Anuncio 270/2024

Artículo 32. Residuos admitidos en los puntos limpios.
En los puntos limpios tipo B se pueden depositar los siguientes residuos:
Envases metálicos contaminados.
Envases plásticos contaminados.
Pilas botón.
Aerosoles.
Pilas salinas y alcalinas.
Aceite doméstico.
Metales (aluminio, chatarra, somieres,…).
Maderas.
Voluminosos (muebles, colchones, enseres,…).
Residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores (cuando esté en marcha el Plan Director de
RCD).
Restos de poda y otros residuos vegetales.
Papel y cartón.
Envases de plástico, metal y bricks.
Textiles (ropa y calzado).
Vidrios.
Electrodomésticos fríos (frigoríficos, AACC,…).
Electrodomésticos no fríos (TV, lavadoras,…).
Electrónicos (CPU, monitores, ofimática,…).
En los puntos limpios tipo A se pueden depositar los siguientes residuos:
Aceite doméstico.
Metales (aluminio, chatarra, somieres,…).
Maderas.
Voluminosos (muebles, colchones, enseres,…).
Restos de poda y otros residuos vegetales.
Papel y cartón.
Envases de plástico, metal y bricks.
Textiles (ropa y calzado).
Electrodomésticos fríos (frigoríficos, AACC,…).
Electrodomésticos no fríos (TV, lavadoras,…).
Electrónicos (CPU, monitores, ofimática,…).
1. La Mancomunidad de Municipios de la Serena tendrá siempre a disposición de los ciudadanos una lista de los residuos
que podrán depositarse en el punto limpio y, así como información sobre los horarios y días de funcionamiento, volumen
máximo admitido y forma de depósito.
Artículo 33. Usuarios de los puntos limpios.
1. El uso del punto limpio, para el depósito de los residuos enumerados en el apartado anterior está
reservado a los ciudadanos particulares y empresas domiciliados en el ámbito de los municipios citados.
2. La Mancomunidad de Municipios de la Serena regulará el uso de cada tipología de puntos limpios a través
de reglamentos de funcionamiento de los mismos.
CAPÍTULO 3. OBLIGACIONES DE DETERMINADOS PRODUCTORES DE RESIDUOS PARA EL FOMENTO DE LA RECOGIDA
SEPARADA Y EL RECICLADO DE ALTA CALIDAD
Artículo 34. Separación en origen de residuos de envases (y de papel cartón no envase) y biorresiduos en el interior de
establecimientos comerciales y de servicios e instalaciones industriales.
1. Los establecimientos comerciales de carácter individual y colectivo, del sector servicios, incluidos los
restaurantes, bares, hoteles, y las instalaciones industriales, en los que se generen residuos incluidos en el
servicio mancomunado de recogida (de acuerdo con lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 3 de la
presente Ordenanza), deberán llevar a cabo la separación en origen de los citados residuos, conforme al
sistema de segregación designado por la Mancomunidad de Municipios La Serena en el interior de los
mencionados establecimientos o instalaciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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