Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Álvaro. Centro Especial de Empleo "Villa de Aceuchal". (00224/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la seguridad y la convivencia ciudadana en el espacio público del Ayuntamiento de Don Álvaro
62 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Don Álvaro

Norma

Anuncio 224/2024

Artículo Apartado Opción

Hecho denunciado

Calificación

Tramos
(Euros)

LEPAR
OM

57
96

p)
p)

La suspensión o alteración significativa del
contenido de los espectáculos o actividades
recreativas programadas sin causa
justificada o sin informar de forma
adecuada y con la antelación necesaria al
público.

GRAVE

De 1001 a
30.000

LEPAR
OM

57
96

q)
q)

Las alteraciones del orden que perturben el
normal desarrollo del espectáculo público o
actividad recreativa, o puedan producir
situaciones de riesgo para el público, así
como su permisividad.

GRAVE

De 151 a
1000.

LEPAR
OM

57
96

r)
r)

El acceso del público al escenario o lugar de
la actuación durante la celebración del
espectáculo público o actividad recreativa,
salvo que este previsto en la realización del
mismo.

GRAVE

De 151 a
1000.

LEPAR
OM

57
96

s)
s)

No permitir utilizar a las personas
espectadoras o usuarias los servicios
generales del establecimiento público.

GRAVE

De 1001 a
30.000

LEPAR
OM

57
96

t)
t)

Incumplir las disposiciones establecidas en
el artículo 45 de la Ley 7/2019, relativas a las
limitaciones sobre menores en
establecimientos públicos, instalaciones y
espacios abiertos en los que se desarrollan
espectáculos públicos y actividades
recreativas.

GRAVE

De 1001 a
30.000

LEPAR
OM

57
96

u)
u)

El incumplimiento del deber de disponer de
Hojas de reclamaciones y de facilitarlas en
los términos establecidos en la Ley 7/2019.

GRAVE

De 1001 a
30.000

LEPAR
OM

57
96

v)
v)

La negativa a actuar del personal ejecutante
sin causa justificada o el desarrollo por parte
del mismo de cualquier tipo de
comportamiento que pueda poner en
peligro la seguridad del público o la
indemnidad de los bienes.

GRAVE

De 1001 a
30.000

LEPAR
OM

57
96

w)
w)

Consentir el consumo de bebidas en el
exterior procedentes del establecimiento,
salvo que se trate de terrazas autorizadas.

GRAVE

De 1001 a
30.000

LEPAR
OM

57
96

x)
x)

Las acciones u omisiones tipificadas como
infracciones muy graves cuando por su
trascendencia o perjuicio ocasionado a
terceros no deba ser calificada como tales.

GRAVE

De 1001 a
30.000

LEPAR
OM

57
96

y)
y)

La comisión de una infracción leve cuando
hubiere sido sancionado por resolución
firme en vía administrativa en el plazo de un
año por tres o más infracciones leves de la
misma naturaleza.

GRAVE

De 1001 a
30.000

LEPAR
OM

58
97

a)
a)

El mal estado de los establecimientos
públicos e instalaciones que no suponga
riesgo alguno para personas o bienes.

LEVE

De 300 a 1000

LEPAR
OM

58
97

b)
b)

El cambio de titularidad en los
establecimientos públicos o personal
prestador los espectáculos públicos y
actividades recreativas sin comunicarlo a la
autoridad competente.

LEVE

De 300 a 1000

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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