Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Álvaro. Centro Especial de Empleo "Villa de Aceuchal". (00224/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la seguridad y la convivencia ciudadana en el espacio público del Ayuntamiento de Don Álvaro
62 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Don Álvaro
Norma
Anuncio 224/2024
Artículo Apartado Opción
Hecho denunciado
Calificación
Tramos
(Euros)
LEPAR
OM
56
95
b)
b)
El incumplimiento de las resoluciones firmes
en vía administrativa en materia de
prohibición, suspensión e inhabilitación en
materia de espectáculos públicos y
actividades recreativas, así como las
referidas al cierre o clausura de
establecimientos e instalaciones y
revocación de autorizaciones.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
c)
c)
El incumplimiento de las medidas
provisionales adoptadas de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 7/2019.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
d)
d)
La celebración de espectáculos públicos o
actividades recreativas o la apertura de
establecimientos públicos e instalaciones
portátiles o desmontables sin la preceptiva
licencia, autorización o cualquier otro título
habilitante que proceda, o incumpliendo los
términos de estos o de las medidas de
accesibilidad universal cuando de ello se
puedan originar situaciones de grave riesgo
para las personas o bienes.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
e)
e)
La dedicación de los establecimientos
públicos e instalaciones a la celebración de
espectáculos públicos o actividades
recreativas distintos de aquellos que se
hubieran sometido a los medios de
intervención administrativa
correspondientes, así como excederse en el
ejercicio de tales actividades o de las
limitaciones fijadas por la Administración
competente cuando se produzcan
situaciones de grave riesgo para las
personas o bienes.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
f)
f)
La modificación de las condiciones técnicas
de los establecimientos públicos e
instalaciones cuando se produzca
situaciones de grave riesgo para las
personas o bienes.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
g)
g)
El incumplimiento de las medidas y
condiciones de seguridad, sanitarias,
accesibilidad y de higiene establecidas en el
ordenamiento jurídico; de las específicas
recogidas en la correspondiente licencia,
autorización o cualquier otro título que
habilite la apertura y funcionamiento del
establecimiento, o de las medidas derivadas
de las inspecciones; así como el mal estado
de los establecimientos públicos e
instalaciones; siempre que en cualquiera de
los casos suponga un grave riesgo para la
salud y seguridad de personas o bienes.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
h)
h)
La falta de dotación o inexistencia de las
medidas sanitarias conforme la normativa
que resulte de aplicación o de acuerdo a las
exigencias reglamentarias.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Tramos
(Euros)
LEPAR
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56
95
b)
b)
El incumplimiento de las resoluciones firmes
en vía administrativa en materia de
prohibición, suspensión e inhabilitación en
materia de espectáculos públicos y
actividades recreativas, así como las
referidas al cierre o clausura de
establecimientos e instalaciones y
revocación de autorizaciones.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
c)
c)
El incumplimiento de las medidas
provisionales adoptadas de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 7/2019.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
d)
d)
La celebración de espectáculos públicos o
actividades recreativas o la apertura de
establecimientos públicos e instalaciones
portátiles o desmontables sin la preceptiva
licencia, autorización o cualquier otro título
habilitante que proceda, o incumpliendo los
términos de estos o de las medidas de
accesibilidad universal cuando de ello se
puedan originar situaciones de grave riesgo
para las personas o bienes.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
e)
e)
La dedicación de los establecimientos
públicos e instalaciones a la celebración de
espectáculos públicos o actividades
recreativas distintos de aquellos que se
hubieran sometido a los medios de
intervención administrativa
correspondientes, así como excederse en el
ejercicio de tales actividades o de las
limitaciones fijadas por la Administración
competente cuando se produzcan
situaciones de grave riesgo para las
personas o bienes.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
f)
f)
La modificación de las condiciones técnicas
de los establecimientos públicos e
instalaciones cuando se produzca
situaciones de grave riesgo para las
personas o bienes.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
g)
g)
El incumplimiento de las medidas y
condiciones de seguridad, sanitarias,
accesibilidad y de higiene establecidas en el
ordenamiento jurídico; de las específicas
recogidas en la correspondiente licencia,
autorización o cualquier otro título que
habilite la apertura y funcionamiento del
establecimiento, o de las medidas derivadas
de las inspecciones; así como el mal estado
de los establecimientos públicos e
instalaciones; siempre que en cualquiera de
los casos suponga un grave riesgo para la
salud y seguridad de personas o bienes.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
LEPAR
OM
56
95
h)
h)
La falta de dotación o inexistencia de las
medidas sanitarias conforme la normativa
que resulte de aplicación o de acuerdo a las
exigencias reglamentarias.
MUY GRAVE
De 30.001 a
600.000
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