Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (07150/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad de una plaza de Oficial de 1.ª Construcción, personal laboral fijo, turno libre, por el sistema de concurso-oposición, para el servicio del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

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del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, https://navalvillar.sedelectronica.es/info.0.
Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida
otra más conveniente, y deberán ir provistos del DNI. La no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados,
comporta que decae automáticamente en su derecho de participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del
proceso selectivo.
El Tribunal, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se hará constar las calificaciones de los ejercicios
de los aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
Séptima.- Pruebas selectivas y valoración de méritos, desarrollo de la convocatoria.
El proceso de selección será el de concurso-oposición. Constará de dos fases: Fase de oposición y fase de concurso.
Solamente se valorará la fase de concurso a aquellos aspirantes que previamente superen la fase de oposición.
◦ Fase de oposición (hasta un máximo de 20 puntos) Constará de dos pruebas o ejercicios, independientes y eliminatorios
entre sí:
a1.- Primera prueba (10 puntos). A desarrollar por escrito, tipo test, que consistirá en contestar, en un tiempo máximo de
sesenta minutos, un test de cuarenta preguntas, más cinco de reserva con tres respuestas alternativas de las cuales solo una
podrá ser la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa incluido en el anexo II de esta convocatoria.
a2.- Segunda prueba (10 puntos). Consistirá en superar una prueba de carácter práctico (no escrita), durante un período
máximo de treinta minutos, y consistirá en la realización de uno o varios supuestos de carácter práctico, iguales para todos
los opositores, que planteará el tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, que serán concernientes a las
funciones del oficial de 1ª de la categoría a la que se opta y relacionada con las materias específicas contenidas en el anexo II
de esta convocatoria y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes, en relación al
puesto a desempeñar.
◦ Fase de concurso: (hasta un máximo de 30 puntos), la valoración de méritos se hará conforme a los siguientes criterios:
b1.- Méritos relativos a la experiencia profesional (25 puntos). Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier
administración o empresa.

Por haber desempeñado puesto de Oficial de 2.ª de Obras o Vías Públicas, en
cualquier Administración Pública o empresa por cada año de servicio prestado o
fracción mínima de seis meses.

0,40 puntos

Máximo de 10
puntos

Por haber desempeñado puesto de Oficial de 1.ª de Obras o Vías Públicas, en
cualquier Administración Pública o empresa por cada año de servicio prestado o
fracción mínima de seis meses.

0,60 puntos

Máximo de 15
puntos

Por haber desempeñado puesto de Encargado de Obras o Vías Públicas, en
cualquier Administración Pública o empresa por cada año de servicio prestado o
fracción mínima de seis meses

0,80 puntos

Máximo de 20
puntos

Los servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante la aportación por el interesado de certificación
expedida por el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos y cualquier otra
documentación justificativa de los servicios prestados.
b2.- Formación y perfeccionamiento. (Hasta un máximo de 5 puntos). Se puntuará la formación recibidos sobre materias
relacionadas con el perfil del puesto al que se opta y que hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento
profesional, a excepción de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso.
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se valorará, en el caso de no contar
con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas no se considerarán para su valoración.
Las certificaciones sobre asignaturas, cursos, seminarios y conferencias, designados en créditos, deberán constar con su
equivalencia en horas.
Siendo sólo puntuable en el caso de que no se puntué la titulación universitaria en el apartado b) siguiente.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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