Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Tentudía (Monesterio). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (07112/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida selectiva de residuos sólidos urbanos de la Mancomunidad de Tentudía mediante el método puerta a puerta
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Mancomunidad de Tentudía

Anuncio 7112/2023

estén determinadas por su uso natural (por ejemplo, actividades comerciales,
profesionales o industriales en un edificio residencial), cada actividad adicional
se considerará un sujeto pasivo independiente para la tasa de residuos sólidos
urbanos.

La identificación de sujetos pasivos múltiples se realizará de acuerdo con las características y circunstancias
específicas de cada caso. Cada sujeto pasivo será responsable del pago de la tasa correspondiente en relación
a su unidad o actividad, de acuerdo con las regulaciones locales aplicables.
Edificios Deshabitados: También se considerarán viviendas a efectos de esta Ordenanza aquellos
edificios que estén deshabitados, con independencia de su uso previo o natural. En estos casos, el
propietario o titular del edificio será considerado sujeto pasivo para la tasa de residuos sólidos
urbanos. Solamente estarán exentos de esta tasa aquellos edificios o viviendas que estén declarados
en ruinas.
b) Cocheras:
En el marco de nuestro sistema de recogida selectiva puerta a puerta, se establece que el sujeto pasivo de la
tasa de residuos sólidos urbanos para cocheras (inmuebles independientes a la vivienda que no tengan
actividad) o bien locales agrícolas (paradores) será el propietario o titular de la cochera correspondiente. Este
grupo de clasificación se divide en:
Hasta 50 m 2.
De 50 a 200 m².
A partir de 200 m².
c) Industrial:
Se entiende como grupo industrial a cualquier inmueble o conjunto de inmuebles en el que se realiza una
actividad industrial. Las actividades industriales comprenden procesos de producción, manufactura,
transformación, almacenamiento, logística o cualquier otra actividad relacionada con la transformación de
materias primas o la fabricación de productos. Estas actividades pueden abarcar diversos sectores, como la
manufactura, la tecnología, la energía, la logística y otros.
Los grupos industriales pueden variar en tamaño y características, y se destinan a albergar la realización de
actividades industriales especializadas.
Dentro de esta clasificación tendrán la consideración de industriales las siguientes actividades: todas las
actividades que se desarrollen en el polígono industrial, talleres mecánicos, gasolineras, industrias químicas,
industrias alimentarias, carpinterías de madera, metalurgia, forja y similares, así como, industrias de logística
y almacenamiento, industrias de la construcción; y similares.
d) Comercio al por menor:
Se define como grupo de comercio al por menor a un conjunto de actividades comerciales que involucran la
venta de productos y servicios directamente a los consumidores finales en pequeñas cantidades. Estas
actividades se realizan en establecimientos comerciales destinados a satisfacer las necesidades y preferencias
de los residentes locales, contribuyendo a la vitalidad económica de nuestra comunidad. Como ejemplo de
comercio al por menor pueden ser: zapaterías, joyerías, bancos, notarías, centros de belleza, despachos,
farmacias, y similares.
e) HORECA:
Se define como grupo "HORECA" a un conjunto de actividades comerciales que comprenden el sector de
Hoteles, Restaurantes y Cafeterías. Estas actividades están relacionadas con la preparación y servicio de
alimentos y bebidas para el consumo de los clientes, así como la provisión de alojamiento y servicios
relacionados.
El grupo HORECA engloba una variedad de actividades, que incluyen, entre otras: restaurantes y comedores
públicos, cafeterías y bares, hoteles y alojamientos turísticos o rurales en el casco urbano de pequeño
tamaño, servicio de catering y clubes nocturnos y establecimientos de entretenimiento, comercio de comida
rápida y para llevar.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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