Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (07011/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de ordenanzas fiscales de PROMEDIO
24 páginas totales
Página
Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO

Anuncio 7011/2023

d) Una vez iniciada la prestación del servicio y teniendo su devengo carácter periódico, no será
precisa la notificación individual de los recibos anunciándose los periodos cobratorios con la
debida publicidad.
e) Sobre los importes incluidos en recibo se liquidará el Impuesto sobre el Valor Añadido que
proceda, y cuantos otros impuestos y gravámenes fueran de aplicación.
f) Las cuotas liquidadas y no satisfechas a su debido tiempo serán efectivas por el
procedimiento de apremio, con arreglo a las normas del Reglamento General de Recaudación
aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, y la Ordenanza general del OAR.

DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza fiscal cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Consejo de Administración de PROMEDIO en
sesión de fecha 27 de octubre de 2023 y entrará en vigor el día de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la
Provincia, comenzando a aplicarse el primer día del trimestre siguiente al de su entrada en vigor, permaneciendo en vigor
hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
En Badajoz, a la fecha de la firma electrónica. El Vicepresidente de Promedio, Juan María Delfa Cupido.

__________________
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA EN LA
MODALIDAD DE ALTA DEL SISTEMA DE LA ESTACIÓN DE TRATAMIENTO DE AGUA DE LA PRESA DE ALCARRACHE
CAPÍTULO I.- NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO
Artículo 1.
1.1. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la constitución y por el artículo 106 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), y de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 15 a 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLRHL), el Consorcio de Gestión de Servicios
Medioambientales de la Diputación de Badajoz (PROMEDIO), establece la tasa por prestación del servicio de
abastecimiento de agua en la modalidad de alta del Sistema de la Estación de Tratamiento de Agua de la
Presa del Alcarrache, que se regirá por lo dispuesto en la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a
lo previsto en el artículo 57 del citado TRLRHL.
1.2. Es objeto de esta tasa el abastecimiento de agua potable en alta del Sistema de la Estación de
Tratamiento de Agua de la Presa de Alcarrache.
1.3. La tasa se fundamenta por la necesaria contraprestación económica que debe percibir PROMEDIO por la
prestación del servicio que constituye el objeto de la misma.
CAPÍTULO II.- HECHO IMPONIBLE
Artículo 2.
Constituye el hecho imponible de la tasa, la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable en alta, realizado de
forma directa o indirecta, incluyendo cuántos suministros, servicios y actividades técnicas o administrativas sean necesarias
para la adecuada prestación de dicho servicio.
CAPÍTULO III.- SUJETO PASIVO
Artículo 3.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 17 de 24