Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (07039/2023)
Reglamento de régimen interno para programas de formación en alternancia con el empleo: Escuelas Profesionales Duales "Atención Social Villanueva 1"
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno

Anuncio 7039/2023

- Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo docente de los posibles problemas que se generen
en el grupo.
Artículo 7.- Organización de medios y recursos.
Se recogerán en una ficha-inventario todos los medios y recursos materiales con los que se cuenta.
Los monitores y el alumnado trabajador serán responsables del cuidado y mantenimiento de las instalaciones, mobiliario y
maquinaria de sus talleres, dando debida cuenta a la dirección del centro de cualquier anomalía y desperfecto.
El equipo técnico del proyecto será responsable directo del material y del mobiliario de la clase y despachos.
III. Condiciones laborales.
Artículo 8.- Horario de trabajo.
La jornada laboral del programa de formación se establecerá en 37,5 horas semanales, que se distribuirán de lunes a
viernes. Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a
trabajos reales.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del proyecto, se establecerá un descanso de treinta minutos,
pasados los cuales, todo el personal se incorporará a las tareas que sus monitoras les indiquen.
Artículo 9.- Calendario laboral.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de tal forma que se considerarán
no laborables, además de los días considerados como tales a nivel nacional, regional, los dos días establecidos por la
entidad promotora para cada ejercicio.
Artículo 10.- Descanso semanal.
El equipo directivo-docente y alumnado-trabajador tendrán derecho a un descanso semanal de 2 días ininterrumpidos que,
como regla general, comprenderá día completo del sábado y el día completo del domingo.
Artículo 11.- Vacaciones anuales
El equipo directivo-docente y alumnado-trabajador tendrán derecho a 22 días hábiles de vacaciones anuales retribuidas. El
equipo directivo-docente podrá, si lo estima pertinente, hacer coincidir sus vacaciones con las del alumnado-trabajador.
El calendario de vacaciones anuales será pactado por los trabajadores del proyecto y los representantes de la entidad
promotora y podrá dividirse libremente a lo largo del año, atendiendo siempre a las necesidades laborales del programa.
Las vacaciones no podrán ser sustituidas por compensación económica alguna.
Artículo 12.- Permisos y licencias.
El trabajador, previo aviso, de al menos tres días de antelación, y justificación previa o posterior, podrán ausentarse del
trabajo, con derecho a remuneración, por los motivos y el tiempo que se recogen en la normativa aplicable. Entre ellos
están:
a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad
o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando
sea en distinta localidad.
Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de
consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de
cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.
b) Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día.
c) Para concurrir a exámenes y/o demás pruebas oficiales, durante los días de su celebración.
d) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
por las funcionarias embarazadas y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción,
para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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