Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (07039/2023)
Reglamento de régimen interno para programas de formación en alternancia con el empleo: Escuelas Profesionales Duales "Atención Social Villanueva 1"
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno

Anuncio 7039/2023

como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con la existencia de delegado/a de alumno/a,
uno por cada especialidad formativa aprobada.
Artículo 4.- Organización operativa.
La organización operativa del programa de formación en alternancia con el empleo Escuelas Profesionales Duales
responderá a la distribución de funciones del personal que lo compone y se clasifica de la siguiente forma:
- Claustro.
Es el órgano propio de participación de todo el personal docente y de apoyo y está presidido por la Directora-Gestora.
Son competencias del claustro:
- Programar las actividades formativas.
- Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación de los alumnos.
- Promover iniciativas en el ámbito de la formación.
- Elaboración, coordinación y seguimiento del Plan de inserción laboral.
El claustro se reunirá una vez al mes y cuando lo estime conveniente, pudiéndose dar participación al delegado/a de la
especialidad para evaluar la marcha del proyecto, resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
- Asamblea general del alumnado.
Es el órgano propio de participación del alumnado en el funcionamiento del proyecto.
El delegado/a de taller es elegido mediante votación por la totalidad del alumnado. Por mayoría del alumnado del taller o del
proyecto, en su caso, puede ser destituido de su cargo.
Artículo 5.- Funciones y responsabilidades de los miembros del equipo.
Las funciones y responsabilidades de los miembros del equipo directivo-docentes del programa de formación en alternancia
con el empleo Escuela Profesional Dual se ajustarán a las establecidas en las bases de la "Difusión pública de oferta de
empleo para el personal directivo, docente y de apoyo del programa de empleo de las Escuelas Profesionales Duales de
Extremadura, según Orden de 26 de noviembre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de
subvenciones destinadas a la financiación de citados programas, modificada por la Orden de 13 de mayo de 2022 y por la
Orden de 26 de mayo de 2023 (DOE NÚM.108 DE 7 DE JUNIO DE 2023).
Artículo 6.- Funciones de los delegados y delegadas del alumnado
Entre las funciones de los/as delegados/as, están las siguientes:
- Representar a su grupo ante el equipo directivo-docente.
- Cooperar con los monitores en el mantenimiento del orden en los espacios de formación y trabajo
asignados al grupo, amén de que cada persona se hace responsable de las tareas que le hayan sido
encomendadas por su monitor/a.
- Asistir a las reuniones que por su cargo le correspondan.
- Proponer acciones y actividades al equipo técnico y docente, que convengan al alumnado-trabajador a los
que representan, por decisión consensuada de los mismos.
- Informar a sus compañeros y compañeras de los aspectos relativos a cada grupo.
- Elaborar y redactar propuestas para el equipo por iniciativa propia o a petición de sus compañeros y
compañeras.
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