Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (07045/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora sobre el tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del municipio de Valdecaballeros
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Ayuntamiento de Valdecaballeros

Anuncio 7045/2023

reglamentariamente se determine, que, por razones de emergencia, lo haga a velocidad anormalmente
reducida, perturbando con ello gravemente la circulación. No obstante, lo dispuesto en los párrafos
anteriores, el conductor de bicicleta podrá superar la velocidad máxima fijada reglamentariamente para estos
vehículos en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía aconsejen desarrollar una velocidad
superior, pudiendo ocupar incluso la parte derecha de la calzada que necesite, especialmente en descensos
prolongados con curvas.
2. Se prohíbe que los vehículos relacionados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo las
bicicletas y ciclomotores de dos ruedas, en los términos que reglamentariamente se determine atendiendo a
las circunstancias de la vía o a la peligrosidad del tráfico.
Artículo 15. Supuestos especiales del sentido de la circulación.
1. Cuando razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, o por motivos medioambientales, se
podrá ordenar por la autoridad competente otro sentido de circulación, la prohibición total o parcial de
acceso a partes de la vía, bien con carácter general o para determinados vehículos, el cierre de determinadas
vías, el seguimiento obligatorio de itinerarios concretos, o la utilización de arcenes o carriles en sentido
opuesto al normalmente previsto.
2. Para evitar entorpecimiento a la circulación y garantizar la fluidez de esta, se podrán imponer restricciones
o limitaciones a determinados vehículos y para vías concretas, que serán obligatorias para los usuarios
afectados.
3. Queda prohibido el tránsito por todo el casco urbano de Valdecaballeros, de toda clase de vehículos de
Mercancías Peligrosa. Para aquellos vehículos cargados con tales mercancías, que tengan la necesidad de
circular por Valdecaballeros, como zona de paso, lo harán por otra vía alternativa, pudiendo utilizar en todo
caso carretera EX-105 hasta el cruce de esta con la calle Palacio y continuando por calle Gamero, hasta la
última calle del polígono industrial La Alberca y viceversa, siempre que no haya un itinerario más lejano de la
población.
Queda excluido de esta prohibición, todos aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas, que
tengan como operación necesaria la carta o descarga de la citada mercancía para fines sanitarios, industriales,
comerciales o los destinados para el consumo. Los agentes de la Policía Local adoptarán las medidas
oportunas tendentes a que se lleve a efecto lo establecido en el presente artículo, desviando y encauzando la
circulación de estos vehículos por los itinerarios que se consideren más idóneos en cada momento, tanto
desde el punto de vista de la seguridad vial como desde el de la fluidez del tráfico.
CAPÍTULO III. DE LA SEÑALIZACIÓN Y TRAMITACIÓN DE RESERVA DE ESTACIONAMIENTO EN LA VÍA PÚBLICA
Artículo 16. Objeto y características generales.
1. Se entiende como reserva de estacionamiento en la vía pública la señalización de un espacio en el que se
prohíbe el estacionamiento de vehículos en determinado período temporal, permitiéndose exclusivamente
algunas excepciones a vehículos determinados por la concesión de la reserva en función y relación con el
objeto de la reserva.
2. Las reservas estará señalizadas mediante la señal R-308 prohibido el estacionamiento con "P" de reserva) y
marcas viales reglamentarias, salvo en los casos singulares que se expresan en esta Ordenanza en que se
adoptan otro tipo de señales. En las reservas queda prohibido exclusivamente el estacionamiento de
vehículos no autorizados durante los días y horas señalizados, salvo que no figure ningún horario, en cuyo
caso se entenderán "Permanentes".
Artículo 17. Tipos y clases de reservas.
1. Reservas de espacio para obras: las personas o entidades que tengan licencia municipal de obras, para
cuya realización sea necesaria la prohibición de estacionamiento a terceros con objeto de facilitar la carga y
descarga de materiales o de conseguir protección ante la caída de obstáculos, etc., solicitarán la reserva a la
Alcaldía por registro general. Las reservas de este tipo se concederán tras informe de la Policía Local y
propuesta de resolución a la Alcaldía. En casos de urgencia, la Jefatura de la Policía Local podrán conceder a
título provisional y, tras haber comprobado el pago de una fianza equivalente a la tasa correspondiente, la
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