Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06708/2023)
Bases de la convocatoria para la selección por concurso-oposición de un puesto de trabajo de Oficial Fontanero-Calefactor
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Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa

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Segundo ejercicio: Consistirá en un supuesto práctico, en el que el aspirante/as deberá
acreditar el conocimiento del oficio y las habilidades para desempeñar el puesto de trabajo
ofertado que podrá consistir en probar tanto una tarea manual como una tarea mecanizada,
ayudándose con cualquiera de los útiles y maquinaria del servicio de fontanería, puesto a su
disposición. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se valorará con una puntuación de 0 a
10, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos.

Octava. Calificación de las pruebas.
Calificación de las pruebas:
Las calificaciones del segundo ejercicio de la fase de oposición se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los
distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación
definitiva y eliminándose en todo caso las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o
superior a 3 puntos.
Calificación definitiva: Las sumas de las puntuaciones alcanzadas, por cada aspirante aprobado/a en la fase de oposición y
valorado en fase de concurso, determinará el orden de clasificación definitiva.
En caso de empate se dará prioridad a la calificación obtenida en la fase de oposición.
Novena. Relación de aprobados y acreditación de requisitos exigidos.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en la
sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios, abriéndose un plazo de 2 días hábiles, en el transcurso de
los cuales se podrán formalizar las reclamaciones que se estimen pertinentes por los aspirantes.
Una vez resueltas por el Tribunal de selección las reclamaciones que hubiesen sido presentadas el Tribunal levantara nuevo
acta, donde quedaran atendidas dichas reclamaciones, en caso de que las hubiere, procediéndose a su publicación de la
misma forma señalada más arriba.
Posteriormente, se elevará a la Alcaldía el acta del proceso selectivo para que se apruebe la constitución de la bolsa con el
orden de prelación definitivo de aspirantes, que deberá publicar en la sede electrónica del Ayuntamiento.
El aspirante propuesto para su nombramiento estará obligado a presentar, en el registro general de la Corporación, dentro
del plazo de 5 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados los siguientes:
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las
funciones propias del cargo.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación, procediéndose a la contratación del siguiente aspirante por orden de puntuación.
Si ninguno de los aspirantes reuniere los requisitos exigidos, la plaza de interinidad quedará vacante, efectuándose una
nueva convocatoria.
Las propuestas de nombramiento serán adoptadas por el órgano competente a favor de los aspirantes según el orden de
prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante al que le correspondiese el nombramiento no fuera
nombrada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocará a la siguiente candidata que hubiera
superado el proceso de selección.
Asimismo, se informará a los aspirantes acerca del tratamiento de sus datos personales y del compromiso de
confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el Ayuntamiento.
El nombramiento derivado de este proceso de selección en ningún caso dará lugar al reconocimiento de la condición de
funcionario de carrera.
Décima. Funcionamiento de la bolsa de empleo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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