Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. (06660/2023)
Aprobación del Plan de medidas antifraude del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
19 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 6660/2023

6. Medidas de para la lucha contra el fraude.
El Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, una vez realizada la auto evaluación del riesgo de fraude, articula una serie de
medidas y procedimientos estructurados en torno a los cuatro elementos clave del ciclo de lucha contra el fraude:
prevención, detección, corrección y persecución.
1. Medidas de prevención.
A. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad,
para ello, el Ayuntamiento de Oliva de la Frontera suscribe una declaración institucional
antifraude basada los valores de integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez.
El contenido de la declaración institucional se incluye en el Anexo III.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general
conocimiento.
B. Código de conducta.
El Ayuntamiento de Oliva de la Frontera suscribe un código de conducta y principios éticos que
deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento
esperado ante posibles circunstancias que pudieran dar lugar a fraude y sus principios se
basan en los siguientes compromisos de conducta:
Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
Uso adecuado de los recursos Públicos
Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
Transparencia y buen uso de la información.
Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios.
Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de Fondos.
El código de conducta de los empleados públicos se incluye en el Anexo IV.
Este código ético se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general
conocimiento.
C. Declaración de ausencia de conflicto de intereses.
Se establece la obligación de cumplimentar una declaración de ausencia de conflicto de
intereses (DACI) para todos los intervinientes en los procedimientos de contratación y de
concesión de subvenciones financiados con cargo al MRR.
En caso de órganos colegiados, dicha declaración puede realizarse al inicio de la
correspondiente reunión por todos los intervinientes en la misma y reflejándose en el acta.
Igualmente, se establece la obligatoriedad de cumplimentación de la DACI como requisito a
aportar por el/los beneficiarios que, dentro de los requisitos de concesión de la ayuda, deban
llevar a cabo actividades que presenten un conflicto de intereses potencial.
Al cumplimentar la DACI se deberá observar la estricta aplicación del artículo 53 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público relativo a los principios éticos, el artículo 23 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo a la abstención y
la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno
El modelo de DACI se incluye en el Anexo II.
D. Plan de formación para toda la organización.
El Ayuntamiento se compromete a organizar cursos y charlas formativas sobre diferentes
temáticas en relación con el fraude y la corrupción con la finalidad de capacitar al personal con
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 19