Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06626/2023)
Reglamento de régimen interno de Escuela Profesional Dual "Albañilería Villalbuera"
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Ayuntamiento de La Albuera

Anuncio 6626/2023

i) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
j) A participar en la organización del Programa de Formación y Empleo "Escuela Profesional Dual Albañilería
Villalbuera" a través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de forma individual o colectiva.
k) A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o
políticas, disminución física... según lo establecido en la Ley.
l) A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 12.- Deberes.
Los que a continuación se relacionan:
a) Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del Programa de Formación y Empleo "Escuela
Profesional Dual Albañilería Villalbuera", así como mantener una actitud cívica en su comportamiento
personal.
b) Cumplir las obligaciones establecidas para su trabajo en el Programa de Formación y Empleo "Escuela
Profesional Dual Albañilería Villalbuera", de conformidad con las reglas de buena fe y diligencia.
c) Obedecer las instrucciones del personal encargado de su formación, monitoras y profesoras, en el ejercicio
regular de sus funciones.
d) Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares en el
Programa de Formación y Empleo "Escuela Profesional Dual Albañilería Villalbuera" y entornos de trabajo.
e) Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios
que el Programa de Formación y Empleo "Escuela Profesional Dual Albañilería Villalbuera" pone a su
disposición.
f) Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del monitor/a, pudiendo ser
adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el
cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
g) Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo con las
tareas que les sean encomendadas por los docentes.
h) Guardar el debido respeto a los compañeros, manteniendo un trato de corrección y colaborando con ellos
en el trabajo cuando sea necesario.
i) Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del Programa de Formación y Empleo
"Escuela Profesional Dual Albañilería Villalbuera" y de la entidad promotora.
j) Hacerse responsables del vestuario y de la herramienta que les sea entregada para su trabajo, cuidándola y
guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de pérdida o deterioro por
mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de diligencia del alumno/a en tales circunstancias. En
tal sentido indicar que la ropa de trabajo ha de ser utilizada únicamente en actividades desarrolladas en el
Programa de Formación y Empleo "Escuela Profesional Dual Albañilería Villalbuera" y por personal autorizado.
k) Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los 30 minutos de
descanso establecido.
l) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en todo
momento de que de ellos depende la "imagen" que el Programa de Formación y Empleo "Escuela Profesional
Dual Albañilería Villalbuera" ofrece al municipio y su entorno.
m) Informar al Programa de Formación y Empleo "Escuela Profesional Dual Albañilería Villalbuera", durante la
primera hora del inicio de la jornada laboral, de la no-asistencia al trabajo cuando por causas imprevistas se
produzca la imposibilidad justificada de incorporación al Centro.
n) A partir de las 09:15 horas no se permitirá la entrada al Centro, salvo que se comunique a tiempo la causa
del retraso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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