Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06630/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento que regula la situación de segunda actividad de la Policía Local
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 6630/2023

semejanza en su forma de provisión y retribuciones respecto del que se venía desempeñando con carácter
definitivo.
2. Cuando no existan puestos de segunda actividad en el cuerpo de Policía Local, o atendiendo a las
condiciones de incapacidad del interesado, la segunda actividad podrá realizarse en otros puestos de trabajo
de la propia Corporación de igual o similar categoría y nivel al de procedencia.
3. Todos los puestos de 2.ª actividad que no sean en el cuerpo de Policía Local, serán asignados previo
acuerdo con el interesado.
Artículo 10.- Retribuciones en la situación desegunda actividad.
1. El personal funcionario del cuerpo de la Policía Local de Los Santos de Maimona en la situación de segunda
actividad percibirá la totalidad de las retribuciones que viniera devengando antes de su declaración de
segunda actividad, siempre y cuando ocupen destino.
2. Los ayuntamientos determinarán el porcentaje de las retribuciones complementarias, que en todo caso no
podrán ser inferiores al 80%, tras negociación con los interlocutores sociales y tras el informe de la Comisión
de coordinación de policías locales de Extremadura, en el caso de no ocupar voluntariamente destino en los
puestos ofrecidos por el respectivo ayuntamiento.
3. Cualquier variación de las retribuciones indicadas asignadas al personal en situación de servicio activo
operativo originará en las correspondientes al personal en situación de segunda actividad de la misma
antigüedad y categoría las variaciones pertinentes para que en todo momento representen las cuantías
señaladas en los apartados anteriores.
4. El personal funcionario de la Policía Local de Los Santos de Maimona que haya pasado a la situación de
segunda actividad a causa de una enfermedad o accidente profesional producidos en acto de servicio o como
consecuencia del mismo, percibirá en su totalidad las retribuciones que viniera devengando antes de su
declaración de segunda actividad.
5. El personal funcionario de la Policía Local de Los Santos de Maimona que, en situación de segunda
actividad, realice funciones policiales por razones excepcionales de seguridad ciudadana u orden público, o
por causa de catástrofes, conforme a lo previsto en el artículo 6.7, percibirá, por día de servicio prestado, en
lugar de las retribuciones propias de su situación, una trigésima parte de las retribuciones mensuales
correspondientes al puesto de trabajo efectivamente desempeñado si esta fuera mayor que las retribuciones
propias de su situación.
Artículo 11.- Trienios y derechos pasivos en la situación de segunda actividad.
1.- El tiempo transcurrido en la situación de segunda actividad será computable a efectos de
perfeccionamiento de trienios y de derechos reconocidos en el acuerdo por el que se regulan las relaciones
de trabajo entre los funcionarios del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona y la Corporación Municipal.
Artículo 12.- Formas y sistemas de provisión.
Los puestos de segunda actividad se asignarán por riguroso orden de edad, y en caso de igualdad por antigüedad en el
cuerpo de Policía Local.
Artículo 13.- Participación sindical.
1.- Las secciones sindicales con participación en el Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, serán
informadas de todos los procesos y solicitudes de pase a la situación de segunda actividad.
2.- En todo lo relativo a la fijación, desarrollo, modificación, incrementos o disminución de puestos, será
necesaria la previa negociación con dichas secciones sindicales, de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público y normas de desarrollo, así como por lo dispuesto en el acuerdo por el que se
regulan las relaciones de trabajo entre los funcionarios del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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