Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06548/2023)
Bases reguladoras para la convocatoria extraordinaria del Plan Cohesiona, "Diputación Contigo" de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz para el ejercicio 2023
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

Anuncio 6548/2023

https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades, pudiendo llevarse a cabo durante las veinticuatro horas de todos los
días del plazo establecido.
Las solicitudes electrónicas, mencionadas en el apartado anterior, deberán contener la firma electrónica requerida por la
Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz
publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 9, día 15 de enero de 2021 y todos los demás requisitos establecidos
en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios, conforme a los modelos
normalizados, y debidamente firmados por el órgano competente, los cuales se digitalizarán e incorporarán junto con la
solicitud electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se consideran copias electrónicas auténticas de
los documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica con
la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original, solicitar el correspondiente archivo o el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de
tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
Las solicitudes conforme al modelo normalizado estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz,
ubicada en la página principal de la Diputación de Badajoz en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los anexos correspondientes estarán disponibles en los siguientes enlaces web:
http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones
http:www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
(http:www.dip-badajoz.es/ciudadano/atencion/index.php?seleccion=doc)
http:www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo(http:www.dip-badajoz.es/contenidos/ofa
a/index.php?cont=catalogo)
Base 8.- Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios estarán sujetos a las siguientes obligaciones:
◦ Con carácter previo a la propuesta de concesión de la subvención:
Acreditar, conforme al artículo 14.1.e) de la Ley General de Subvenciones, con anterioridad a dictarse la propuesta de
concesión de resolución que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (estatales) y
frente a la Seguridad Social.
Conforme al artículo 16 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz, estar al corriente de
sus obligaciones fiscales y financieras con esta Diputación.
◦ Con carácter previo al pago de la subvención:
Conforme al artículo 189 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la entidad concedente.
Acreditar, según lo establecido en el artículo 34.5 de la Ley General de Subvenciones, encontrarse al corriente de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.
◦ Con carácter posterior a la concesión de la subvención:
1. Iniciar, ejecutar y presentar la documentación justificativa del proyecto subvencionado en los términos
recogidos en la base 13 de las presentes normas.
2. En toda información o publicidad que se haga de los proyectos subvencionados, deberá constar la
colaboración de la Diputación de Badajoz, con la imagen corporativa del Plan, que se publicará en la página
web: https://imot.dip-badajoz.es/subvenciones.
3. Serán gastos subvencionables, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 16 de 36