Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (06474/2023)
Acuerdo de aprobación de las bases con convocatoria de subvenciones destinadas a los municipios y entidades locales menores para la dotación de centros y espacios propios con destino a la formación de capacitación para el empleo 2023-2024
20 páginas totales
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 6474/2023
La justificación de la subvención otorgada podrá presentarse desde la fecha en la que las inversiones estén
realizadas y pagadas, hasta el plazo de 1 mes a partir de la fecha máxima de realización y pago de las
subvenciones, es decir, hasta el día 30 de noviembre de 2024, como fecha límite.
B. Forma de remisión de la justificación:
El expediente justificativo se remitirá por medios electrónicos mediante su presentación a través del registro
electrónico ubicado en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es de Diputación de Badajoz, conforme a la
Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación
de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención,
así como la subsanación de la misma, estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz.
C. Importe a justificar.
El importe a justificar es aquel que resulte de la cantidad subvencionada por Diputación. No obstante, según
lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando las
actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la subvención de Diputación, con fondos propios u otras
subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales
fondos a las actividades subvencionadas.
D. Documentación a aportar en la justificación.
D.1. Técnica:
Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a
las actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material
documental e informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto,
destacando dónde se ha hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa.
La acreditación de esta publicidad se detalla en el apartado sobre "Obligaciones del
beneficiario".
D.2. Económica:
Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del Presidente de la
entidad, conforme al modelo de anexo de cuenta justificativa para ayuntamientos y entidades
locales menores en el que se haga constar:
Que de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 128/2018, de 16 de los gastos
responden indubitadamente a la naturaleza de la misma, obrando los justificantes en
poder de esta entidad local.
Relación de obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el presupuesto de la
entidad con cargo a la subvención de Diputación, con indicación de la aplicación
presupuestaria, números de operación, fecha, importes totales, e importes financiados
con la subvención de Diputación.
Relación de obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el presupuesto de la
entidad con cargo a fondos propios u otras subvenciones o recursos, con indicación de
la aplicación presupuestaria, números de operación, fecha, importes totales, importes
financiados con otras aportaciones, subvenciones o recursos, e indicación de la entidad
financiadora de estos.
Que todos los gastos relacionados fueron devengados durante el periodo de ejecución
establecido, y efectivamente pagados antes de que finalice el periodo de justificación
establecido. Asimismo, que han sido consideradas, a efectos de justificación, todas las
limitaciones establecidas en las bases de la convocatoria a los gastos justificables y a sus
correspondientes pagos.
Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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La justificación de la subvención otorgada podrá presentarse desde la fecha en la que las inversiones estén
realizadas y pagadas, hasta el plazo de 1 mes a partir de la fecha máxima de realización y pago de las
subvenciones, es decir, hasta el día 30 de noviembre de 2024, como fecha límite.
B. Forma de remisión de la justificación:
El expediente justificativo se remitirá por medios electrónicos mediante su presentación a través del registro
electrónico ubicado en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es de Diputación de Badajoz, conforme a la
Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación
de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención,
así como la subsanación de la misma, estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz.
C. Importe a justificar.
El importe a justificar es aquel que resulte de la cantidad subvencionada por Diputación. No obstante, según
lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando las
actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la subvención de Diputación, con fondos propios u otras
subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales
fondos a las actividades subvencionadas.
D. Documentación a aportar en la justificación.
D.1. Técnica:
Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a
las actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material
documental e informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto,
destacando dónde se ha hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa.
La acreditación de esta publicidad se detalla en el apartado sobre "Obligaciones del
beneficiario".
D.2. Económica:
Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del Presidente de la
entidad, conforme al modelo de anexo de cuenta justificativa para ayuntamientos y entidades
locales menores en el que se haga constar:
Que de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 128/2018, de 16 de los gastos
responden indubitadamente a la naturaleza de la misma, obrando los justificantes en
poder de esta entidad local.
Relación de obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el presupuesto de la
entidad con cargo a la subvención de Diputación, con indicación de la aplicación
presupuestaria, números de operación, fecha, importes totales, e importes financiados
con la subvención de Diputación.
Relación de obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el presupuesto de la
entidad con cargo a fondos propios u otras subvenciones o recursos, con indicación de
la aplicación presupuestaria, números de operación, fecha, importes totales, importes
financiados con otras aportaciones, subvenciones o recursos, e indicación de la entidad
financiadora de estos.
Que todos los gastos relacionados fueron devengados durante el periodo de ejecución
establecido, y efectivamente pagados antes de que finalice el periodo de justificación
establecido. Asimismo, que han sido consideradas, a efectos de justificación, todas las
limitaciones establecidas en las bases de la convocatoria a los gastos justificables y a sus
correspondientes pagos.
Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
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