Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05841/2023)
Plan de medidas antifraude de la entidad local menor de Valdivia
44 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valdivia
5.1
Anuncio 5841/2023
Incumplimiento de la obligación de garantizar la concurrencia cuando la
ejecución del convenio de colaboración se está llevando a cabo por terceros.
La entidad colaboradora que, en su caso, desee negociar o contratar a
proveedores, no garantiza la elección de los mismos a través de un proceso
de concurrencia competitiva. Además, en el texto del convenio no se incluyen
cláusulas que incluyan la obligación de comunicar cualquier subcontratación
que se realice.
CV.R6 Incumplimiento de las obligaciones de información, comunicación y
publicidad
6.1
Incumplimiento de los deberes de información y comunicación del apoyo del
MRR a las medidas financiadas. Se produce un incumplimiento de los deberes
de información y comunicación contenidos en los diferentes textos
normativos, tanto nacionales como europeos, en particular de las
obligaciones en este ámbito contenidas en el artículo 34.2 del Reglamento
(UE) 2021/241, del MRR y el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR.
6.2
Incumplimiento del deber de identificación del perceptor final de los fondos
en una base de datos única. Se produce un incumplimiento del deber de
identificación del perceptor final de los fondos previsto en el artículo 22.2. d)
del Reglamento UE nº 241/2021 y en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
CV.S7
Pérdida de pista de auditoría
7.1
Falta de pista de auditoría. En el expediente del convenio no consta la
documentación que permite garantizar la pista de auditoría en todas las fases
del convenio, desde las actuaciones previas hasta la extinción y liquidación,
así como la contabilización de los compromisos financieros asumidos, gastos
y pagos realizados y la publicidad. Adquiere especial importancia el
garantizar una adecuada pista de auditoría en el caso de convenio con
entidades colaboradoras de subvenciones.
7.2
Incumplimiento de la obligación de conservación de documentos. No se
cumple la obligación de conservación de documentos prevista en el artículo
132 Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al
presupuesto general de la Unión y recogida en el artículo 22.2 f) del
Reglamento (UE) n.º 241/2021, de 12 de febrero de 2021, del MRR.
7.3
No se garantiza el compromiso de sujeción a los controles de los organismos
europeos por los perceptores finales. No consta la autorización expresa por
parte de los perceptores finales de los fondos, y demás personas y entidades
que intervengan en su aplicación, de los derechos y accesos necesarios a la
Comisión Europea, a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), al
Tribunal de Cuentas Europeo y a la Fiscalía Europea, para que ejerzan
plenamente sus competencias.
SI NO N/A Observaciones
SI NO N/A Observaciones
Verificar:
Fecha:
ENCARGO A MEDIOS PROPIOS
MP
INDICADORES DE FRAUDE EN ENCARGO A MEDIOS PROPIOS. EXPT ____
MP.R1 Falta de justificación del encargo a medios propios
1.1
Inexistencia de procedimientos para llevar a cabo los encargos a medios
propios. No se dispone de procedimientos o instrucciones internas en
relación con los encargos a medios propios que establezcan los requisitos
para realizar los encargos (estudio de posibles alternativas que justifique el
encargo al medio propio frente a la realización con los medios humanos y
materiales de la entidad o frente a la licitación pública), así como relativos a
las diferentes fases del encargo: planificación, tramitación, seguimiento y
control.
1.2
Justificación insuficiente del recurso al encargo a medio propio. En la
memoria justificativa del encargo que consta en el expediente no se
establecen las razones motivadas para justificar el recurso al encargo a
medios propios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
SI NO N/A Observaciones
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5.1
Anuncio 5841/2023
Incumplimiento de la obligación de garantizar la concurrencia cuando la
ejecución del convenio de colaboración se está llevando a cabo por terceros.
La entidad colaboradora que, en su caso, desee negociar o contratar a
proveedores, no garantiza la elección de los mismos a través de un proceso
de concurrencia competitiva. Además, en el texto del convenio no se incluyen
cláusulas que incluyan la obligación de comunicar cualquier subcontratación
que se realice.
CV.R6 Incumplimiento de las obligaciones de información, comunicación y
publicidad
6.1
Incumplimiento de los deberes de información y comunicación del apoyo del
MRR a las medidas financiadas. Se produce un incumplimiento de los deberes
de información y comunicación contenidos en los diferentes textos
normativos, tanto nacionales como europeos, en particular de las
obligaciones en este ámbito contenidas en el artículo 34.2 del Reglamento
(UE) 2021/241, del MRR y el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR.
6.2
Incumplimiento del deber de identificación del perceptor final de los fondos
en una base de datos única. Se produce un incumplimiento del deber de
identificación del perceptor final de los fondos previsto en el artículo 22.2. d)
del Reglamento UE nº 241/2021 y en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
CV.S7
Pérdida de pista de auditoría
7.1
Falta de pista de auditoría. En el expediente del convenio no consta la
documentación que permite garantizar la pista de auditoría en todas las fases
del convenio, desde las actuaciones previas hasta la extinción y liquidación,
así como la contabilización de los compromisos financieros asumidos, gastos
y pagos realizados y la publicidad. Adquiere especial importancia el
garantizar una adecuada pista de auditoría en el caso de convenio con
entidades colaboradoras de subvenciones.
7.2
Incumplimiento de la obligación de conservación de documentos. No se
cumple la obligación de conservación de documentos prevista en el artículo
132 Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al
presupuesto general de la Unión y recogida en el artículo 22.2 f) del
Reglamento (UE) n.º 241/2021, de 12 de febrero de 2021, del MRR.
7.3
No se garantiza el compromiso de sujeción a los controles de los organismos
europeos por los perceptores finales. No consta la autorización expresa por
parte de los perceptores finales de los fondos, y demás personas y entidades
que intervengan en su aplicación, de los derechos y accesos necesarios a la
Comisión Europea, a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), al
Tribunal de Cuentas Europeo y a la Fiscalía Europea, para que ejerzan
plenamente sus competencias.
SI NO N/A Observaciones
SI NO N/A Observaciones
Verificar:
Fecha:
ENCARGO A MEDIOS PROPIOS
MP
INDICADORES DE FRAUDE EN ENCARGO A MEDIOS PROPIOS. EXPT ____
MP.R1 Falta de justificación del encargo a medios propios
1.1
Inexistencia de procedimientos para llevar a cabo los encargos a medios
propios. No se dispone de procedimientos o instrucciones internas en
relación con los encargos a medios propios que establezcan los requisitos
para realizar los encargos (estudio de posibles alternativas que justifique el
encargo al medio propio frente a la realización con los medios humanos y
materiales de la entidad o frente a la licitación pública), así como relativos a
las diferentes fases del encargo: planificación, tramitación, seguimiento y
control.
1.2
Justificación insuficiente del recurso al encargo a medio propio. En la
memoria justificativa del encargo que consta en el expediente no se
establecen las razones motivadas para justificar el recurso al encargo a
medios propios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
SI NO N/A Observaciones
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