Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05841/2023)
Plan de medidas antifraude de la entidad local menor de Valdivia
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Ayuntamiento de Valdivia

Anuncio 5841/2023

7.4

El importe total pagado al contratista supera el valor del contrato del contrato. Esta situación se produce cuando el importe pagado al
contratista es superior al precio total del contrato, sin que se haya justificado la realización de prestaciones adicionales ni la revisión
de precios.

C.R8

Falsedad documental

8.1

Documentación falsificada presentada por los licitadores en el proceso de selección de ofertas. El licitador presenta documentación e
información falsa para poder acceder al procedimiento de contratación. La probabilidad de ocurrencia del indicador de riesgo
aumenta en el caso de contratación descentralizada dentro de una misma medida o proyecto realizada por diferentes órganos de
contratación.

8.2

Manipulación de la documentación justificativa de los costes o de la facturación para incluir cargos incorrectos, falsos, excesivos o
duplicados. Manipulación de facturas o presentación de facturas falsas por parte del contratista, por ejemplo, facturas duplicadas,
falsas o infladas, facturación de actividades que no se han realizado o que no se han realizado de acuerdo con el contrato (costes
incorrectos de mano de obra, tarifas horarias inadecuadas, gastos reclamados para personal inexistente o por actividades realizadas
fuera del plazo de ejecución...), falta de documentación justificativa de los costes, sobrestimación de la calidad o de las actividades
del personal, etc. La probabilidad de ocurrencia del indicador de riesgo aumenta en el caso de proyectos ejecutados por diferentes
contratistas o cuando ha habido una contratación descentralizada, por diferentes órganos de contratación, de tal forma que la
supervisión y control de las prestaciones realizadas se realiza por órganos distintos.

8.3

Prestadores de servicios fantasmas. El contratista crea una empresa fantasma para presentar ofertas complementarias en colusión,
inflar los costes o generar facturas ficticias. Así mismo, un empleado puede realizar pagos a un proveedor ficticio (empresa fantasma)
para malversar fondos. Las señales de alerta serían, entre otras: no se puede localizar la empresa en los directorios o bases de datos
de empresas, en Internet, Registro Mercantil; no se encuentra la dirección o número de teléfono o los presentados son falsos; la
empresa se encuentra en un paraíso fiscal.

C.R9

Doble financiación

9.1

Se produce doble financiación. Incumplimiento de la prohibición de doble financiación recogida de forma particular en el artículo 9
del Reglamento (UE) 2021/241 del MRR, según el cual las reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de otros
programas e instrumentos de la UE siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste.

SI NO N/A Obser.

SI NO N/A Obser.

C.R10 Incumplimiento de las obligaciones de información, comunicación y publicidad
10.1

Incumplimiento de los deberes de información y comunicación del apoyo del MRR a las medidas financiadas. Se produce un
incumplimiento de los deberes de información y comunicación contenidos en los diferentes textos normativos, tanto nacionales como
europeos, en particular de las obligaciones en este ámbito contenidas en el artículo 34.2 del Reglamento (UE) 2021/241, del MRR y
el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR.

10.2

Incumplimiento del deber de identificación del perceptor final de los fondos en una base de datos única. Se produce un
incumplimiento del deber de identificación de contratistas y subcontratistas previsto en el artículo 22.2. d) del Reglamento UE nº
241/2021 y en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR.

C.R11 Pérdida de pista de auditorías

SI NO N/A Obser.

SI NO N/A Obser.

11.1

No se ha realizado una correcta documentación de las actuaciones que permita garantizar la pista de auditoria.

11.2

Incumplimiento de la obligación de conservación de documentos. No se cumple la obligación de conservación de documentos
prevista en el artículo 132 Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018,
sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y recogida en el artículo 22.2 f) del Reglamento (UE) n.º
241/2021, del MRR.

11.3

No se garantiza el compromiso de sujeción a los controles de los organismos europeos por los perceptores finales. No consta la
autorización expresa por parte del contratista o el subcontratista de los derechos y accesos necesarios a la Comisión Europea, a la
Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), al Tribunal de Cuentas Europeo y a la Fiscalía Europea, para que ejerzan
plenamente sus competencias.

Verificador:
Fecha:
SUBVENCIONES

S

INDICADORES DE FRAUDE EN SUBVENCIONES EXPT ____

S.R1 Limitación de la concurrencia
1.1

SI NO N/A Obser.

Insuficiente difusión de las bases reguladoras y convocatoria. La publicación de las bases reguladoras y convocatoria no se realiza de
acuerdo con los principios de publicidad y transparencia que garanticen la máxima difusión de las mismas según los medios
obligatorios establecidos en la Ley General de Subvenciones. Según el artículo 9.3 de la LGS, las bases reguladoras de cada tipo de
subvención deben publicarse en el BOE o en el diario oficial correspondiente. Según el artículo 18 de la LGS debe comunicarse a la
BDNS el texto de la convocatoria y la información requerida para el posterior traslado al diario oficial correspondiente del extracto de
la convocatoria para su publicación. Tal y como establecen las medidas de agilización de las subvenciones financiables con fondos
europeos previstas en el capítulo V del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, las bases reguladoras podrán incorporar la
convocatoria de las mismas (art. 61)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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