Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05841/2023)
Plan de medidas antifraude de la entidad local menor de Valdivia
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valdivia
Anuncio 5841/2023
1. Una vez recibida la información relativa a la identificación de un riesgo de conflicto de interés concretado
en una bandera roja de Minerva, en el plazo de dos días hábiles, el decisor afectado podrá abstenerse.
En este acaso el análisis del riesgo de conflicto de interés se volverá a llevar a cabo respecto de quien
sustituya a la persona que, en cumplimiento de este proceso, se haya abstenido en el procedimiento.
2. Si la persona afectada por la identificación de un riesgo de conflicto de interés, concretado en una bandera
roja, alegara de forma motivada, ante su superior jerárquico, que no reconoce la validez de la información,
deberá ratificar su manifestación de ausencia de conflicto de interés, mediante la firma, en este momento, de
una nueva DACI, cuya redacción reflejará debidamente la situación planteada y la ausencia de conflicto de
interés. Todo ello deberá llevarse a cabo en el plazo de dos días hábiles. Se deberá seguir a tal fin el modelo
previsto en el [Modelo C anexo III]
En caso de que no se produjera dicha abstención, el responsable de la operación solicitará a Minerva
información adicional de los riesgos detectados, indicando, como justificación para la obtención de dichos
datos, que la abstención no se ha producido. La información adicional sobre la situación de riesgo de conflicto
de interés identificada que proporcione Minerva no incorporará la identificación de terceras personas, sino
únicamente una descripción de los riesgos.
Esta información adicional se trasladará por el responsable de la operación al superior jerárquico del decisor.
3. De oficio o a instancia del superior jerárquico correspondiente, el responsable de la operación, podrá, así
mismo, acudir al Comité Antifraude correspondiente para que emita informe, en el plazo de dos días hábiles,
sobre si, a la luz de la información disponible, procede o no la abstención en el caso concreto.
Por su parte, el Comité antifraude podrá solicitar informe con la opinión de la unidad de la Intervención
General de la Administración del Estado a la que se hace referencia en el artículo 8 de la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, a efectos de emitir su informe. En este caso, la opinión deberá emitirse en el plazo de dos días
hábiles que se añadirán al plazo contemplado en el párrafo anterior.
A la vista de la información adicional proporcionada por Minerva, de la alegación motivada del decisor
afectado y en su caso, del informe del Comité Antifraude, el superior jerárquico del decisor afectado
resolverá, de forma motivada:
a) Aceptar la participación en el procedimiento del decisor señalado en la bandera roja.
b) Ordenar al decisor señalado en la bandera roja que se abstenga. En este caso, el órgano responsable de
operación repetirá el proceso, de manera que el análisis del riesgo de conflicto de interés se volverá a llevar a
cabo respecto de quien sustituya a la persona que, en cumplimiento de este proceso, se haya abstenido en el
procedimiento.
4. El responsable de operación será responsable de que se dé de alta en la aplicación CoFFEE la
documentación relativa a la alegación motivada de ausencia de conflicto de interés, la circunstancia de la
abstención, la información adicional proporcionada por Minerva, el informe del Comité Antifraude y la
decisión adoptada por el superior jerárquico, a los efectos de las posibles auditorías a llevar a cabo por las
autoridades de auditoría del MRR competentes.
7.- Fraude y corrupción.
7.1.- Prevención.
La Entidad Local Menor de Valdivia articula las siguientes medidas y procedimientos estructurados en torno a
los cuatro elementos clave del ciclo de lucha contra el fraude: Prevención, detección, corrección y
persecución.
A. Declaración institucional contra el fraude.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad, para ello, la
Entidad Local Menor de Valdivia, suscribe una declaración institucional antifraude basada en los valores de
integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez. El contenido de la declaración institucional se
incluye en el anexo I. Esta declaración institucional se publicará en el tablón de anuncios de la página web de
la ELM de Valdivia, en el tablón de anuncios y en el portal de transparencia de la Sede Electrónica de la
Entidad.
B. Código de conducta.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1. Una vez recibida la información relativa a la identificación de un riesgo de conflicto de interés concretado
en una bandera roja de Minerva, en el plazo de dos días hábiles, el decisor afectado podrá abstenerse.
En este acaso el análisis del riesgo de conflicto de interés se volverá a llevar a cabo respecto de quien
sustituya a la persona que, en cumplimiento de este proceso, se haya abstenido en el procedimiento.
2. Si la persona afectada por la identificación de un riesgo de conflicto de interés, concretado en una bandera
roja, alegara de forma motivada, ante su superior jerárquico, que no reconoce la validez de la información,
deberá ratificar su manifestación de ausencia de conflicto de interés, mediante la firma, en este momento, de
una nueva DACI, cuya redacción reflejará debidamente la situación planteada y la ausencia de conflicto de
interés. Todo ello deberá llevarse a cabo en el plazo de dos días hábiles. Se deberá seguir a tal fin el modelo
previsto en el [Modelo C anexo III]
En caso de que no se produjera dicha abstención, el responsable de la operación solicitará a Minerva
información adicional de los riesgos detectados, indicando, como justificación para la obtención de dichos
datos, que la abstención no se ha producido. La información adicional sobre la situación de riesgo de conflicto
de interés identificada que proporcione Minerva no incorporará la identificación de terceras personas, sino
únicamente una descripción de los riesgos.
Esta información adicional se trasladará por el responsable de la operación al superior jerárquico del decisor.
3. De oficio o a instancia del superior jerárquico correspondiente, el responsable de la operación, podrá, así
mismo, acudir al Comité Antifraude correspondiente para que emita informe, en el plazo de dos días hábiles,
sobre si, a la luz de la información disponible, procede o no la abstención en el caso concreto.
Por su parte, el Comité antifraude podrá solicitar informe con la opinión de la unidad de la Intervención
General de la Administración del Estado a la que se hace referencia en el artículo 8 de la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, a efectos de emitir su informe. En este caso, la opinión deberá emitirse en el plazo de dos días
hábiles que se añadirán al plazo contemplado en el párrafo anterior.
A la vista de la información adicional proporcionada por Minerva, de la alegación motivada del decisor
afectado y en su caso, del informe del Comité Antifraude, el superior jerárquico del decisor afectado
resolverá, de forma motivada:
a) Aceptar la participación en el procedimiento del decisor señalado en la bandera roja.
b) Ordenar al decisor señalado en la bandera roja que se abstenga. En este caso, el órgano responsable de
operación repetirá el proceso, de manera que el análisis del riesgo de conflicto de interés se volverá a llevar a
cabo respecto de quien sustituya a la persona que, en cumplimiento de este proceso, se haya abstenido en el
procedimiento.
4. El responsable de operación será responsable de que se dé de alta en la aplicación CoFFEE la
documentación relativa a la alegación motivada de ausencia de conflicto de interés, la circunstancia de la
abstención, la información adicional proporcionada por Minerva, el informe del Comité Antifraude y la
decisión adoptada por el superior jerárquico, a los efectos de las posibles auditorías a llevar a cabo por las
autoridades de auditoría del MRR competentes.
7.- Fraude y corrupción.
7.1.- Prevención.
La Entidad Local Menor de Valdivia articula las siguientes medidas y procedimientos estructurados en torno a
los cuatro elementos clave del ciclo de lucha contra el fraude: Prevención, detección, corrección y
persecución.
A. Declaración institucional contra el fraude.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad, para ello, la
Entidad Local Menor de Valdivia, suscribe una declaración institucional antifraude basada en los valores de
integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez. El contenido de la declaración institucional se
incluye en el anexo I. Esta declaración institucional se publicará en el tablón de anuncios de la página web de
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Entidad.
B. Código de conducta.
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