Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06314/2023)
Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo "RESBAR 23.24"
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Ayuntamiento de Fuente de Cantos

Anuncio 6314/2023

CAPÍTULO V. DEL EQUIPO TÉCNICO Y DIRECTIVO
Artículo 8.- Funciones.
Las funciones a realizar por el personal del proyecto vienen determinadas en la correspondiente difusión pública de la
respectiva convocatoria adaptándose a la singularidad del proyecto y puestos y orientándose por los siguientes criterios.
Director-gestor:
Administrar operativamente la gestión de los recursos humanos a través del correcto tratamiento, la transmisión de
informaciones, el seguimiento y la evaluación de su desempeño profesional y la gestión de la formación. Procurar un
buen clima laboral entre todos los participantes de la Escuela Profesional.
Previsión, elaboración, ejecución y control de las cantidades consignadas para el desarrollo de las actividades y
elaborar la documentación administrativa, contable y laboral que se derive del desarrollo del proyecto.
Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de seguridad e higiene.
Desarrollar los procesos de comunicación y archivo documental generados por la actividad del proyecto y
mantenimiento actualizado del conjunto de documentos e informaciones administrativo-laboral de la plantilla.
Organización de los recursos humanos y materiales que garanticen la impartición de los módulos complementarios.
Implementación de una dinámica de equipo que fomente la competencia profesional y personal a través de las
habilidades de escucha, asertivas, de autocontrol y de resolución de conflictos, para conseguir una mayor eficacia en
el proceso de enseñanza-aprendizaje, trabajando en un entorno cooperativo y colaborativo.
Desarrollo de acciones que promuevan la incorporación del alumnado trabajador al mercado laboral incluyendo
entre otras actuaciones la orientación profesional, la dinamización de la búsqueda de empleo y el contacto con
posibles empleadores/oras.
Coordinador/a formación técnico/a de acompañamiento autorización:
Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación, seguimiento y evaluación de los
contenidos teórico prácticos y de los trabajos a realizar por el alumnado trabajador en su aspecto formativo, con el
objetivo de conseguir una gestión conjunta y unificada, y en particular según lo establecido en la orden
ESS/1894/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se
regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de
profesionalidad dictados en su aplicación.
Adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación real de los objetivos.
Asesoramiento metodológico a los/as monitores/as.
Establecer un plan individualizado para el alumnado trabajador que no haya alcanzado los objetivos de la Educación
Secundaria Obligatoria, que le permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios en las distintas
enseñanzas reguladas en la normativa educativa. En los proyectos formativos que desarrollen certificados de
profesionalidad de nivel 1, incluir acciones de formación de apoyo para la superación de las pruebas de
competencias clave para el acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2.
Implementar una metodología que utilice todo el equipo para que el proyecto formativo facilite el trabajo por
competencias, de forma transversal. La organización de actividades "complementarias". Acción tutorial, etc.
Realización de acciones de acompañamiento/tutorización, como un proceso de guía y motivación continuada en el
desarrollo personal y profesional de cada participante, fortaleciendo su papel social, contribuyendo a mejorar su
capacidad para la toma de decisiones y a la realización de las acciones y actividades previstas.
Realizar sesiones de evaluación individualizada. Se analizará el perfil formativo y/o laboral, su situación personal, se
identificarán cuáles son sus carencias y motivaciones y se adaptarán a sus expectativas. Se completará el diagnóstico
realizado en el itinerario previo en función de los objetivos del programa.
Realizar sesiones de orientación y talleres de desarrollo de aspectos personales para el empleo. La persona
orientadora llevará a cabo actuaciones de asesoramiento y/o información y se trabajará el autoconocimiento, la
gestión de las emociones, la orientación del proceso personal de formación, el descubrimiento de las fortalezas y las
motivaciones para abordar el presente y el futuro, las preferencias profesionales y el conocimiento del mundo
laboral, entre otros.
Desarrollar la adquisición de competencias genéricas y transversales mediante dinámicas, técnicas u otros recursos
que se consideren adecuados, y mediante el desarrollo de un proyecto de Aprendizaje-Servicio (ApS).
Todas estas funciones se realizarán colaborando en la implementación de estrategias metodológicas con todo el
equipo directivo y docente, basadas en el trabajo por competencias, de forma transversal, apoyándose en
estructuras de trabajo cooperativo y colaborativo, así como el establecimiento de sinergias entre los mismos.
Monitores:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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