Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06314/2023)
Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo "RESBAR 23.24"
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Ayuntamiento de Fuente de Cantos

Anuncio 6314/2023

Planificación, programación, seguimiento y evaluación de los contenidos teórico-prácticos de su especialidad,
incluyendo la relacionada con los cursos monográficos de su especialidad para los cuales se encuentren
suficientemente cualificados, según lo establecido en la normas por las que se regulan los certificados de
profesionalidad.
Participar en la metodología que utilice todo el equipo para que el proyecto formativo facilite el trabajo por
competencias, de forma transversal, utilizando, entre otras, las orientaciones establecidas en la difusión pública y en
la orden de 26 de noviembre de 2020.
Planificación y ejecución de las unidades de obra / prestación de servicios según redacción del proyecto aprobado.
Colaborar en la adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación real de los
objetivos.
Jefe/a de taller y de las actuaciones en obra asignadas. Uso y custodia de la maquinaria, Herramientas y materiales
asignados.
Control de asistencia diaria de los alumnos trabajadores.
Aplicación de la normativa en prevención de riesgos laborales.
Colaboración en la elaboración e implantación del plan de inserción laboral de los alumnos trabajadores y de
posibles proyectos emprendedores transformadores del entorno.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado laboral del alumnado trabajador.
Colaborar en el desarrollo de un proyecto de Aprendizaje-Servicio (ApS): Aprender haciendo un servicio a la
comunidad. En este proyecto, se trabajará la adquisición o mejora de las siguientes competencias: Autoconfianza,
comunicación, cumplimiento de tareas, gestión del tiempo, capacidad de relación, flexibilidad y tolerancia a la
frustración, análisis y resolución de problemas y fomento de la iniciativa y espíritu emprendedor.
Artículo 9.- Derechos:

- Dirigir e impartir las clases de acuerdo con su criterio, teniendo en cuenta las directrices del
proyecto.
- Ser informado de cualquier problema o situación que le afecte a él o a sus clases.
- Reunirse en el centro para tratar temas de carácter profesional y laboral, siempre que no se
perturbe el desarrollo normal de las actividades.
- Formular cuantas reclamaciones estime oportunas.
- Formación para el puesto de trabajo.

Artículo 10.- Deberes:

- Asistir al centro y permanecer en él durante las horas asignadas en su horario. De sus
ausencias darán parte a la dirección del centro.
- Prestar un servicio docente y técnico de calidad.
- Respetar la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión de los alumnos y
compañeros.
- Observar y respetar las medidas de seguridad e higiene que se adopten en el centro.
- Respetar y cumplir las normas internas del centro.

CAPÍTULO VI. DE LOS/AS ALUMNOS/AS TRABAJADORES/AS
Artículo 11.- Derechos:

- Que se respete su dignidad personal.
- Derecho a la igualdad de oportunidades, la no discriminación por razón de nacimiento, raza,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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