Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06267/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de gestión de residuos y demolición de la construcción del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 6267/2023

seleccionado en origen y entregado de forma separada, facilitando su valorización, y
correspondiente a alguno de los siguientes grupos:
Hormigones, morteros, piedras y áridos naturales mezclados.
Ladrillos, azulejos y otros cerámicos.
d) Residuos de categoría IV: Residuos inertes adecuados para su uso en obras de restauración,
acondicionamiento y relleno o con fines de construcción, y deberán responder a alguna de las
siguientes características:
El rechazo inerte, derivado de procesos de reciclado de residuos de construcción y
demolición que, aunque no cumplan con los requisitos establecidos por la legislación
sectorial aplicable a determinados materiales de construcción, sean aptos para su uso
en obras de restauración, acondicionamiento y relleno.
Aquellos otros residuos inertes de construcción y demolición cuando sean declarados
adecuados para restauración, acondicionamiento y relleno, mediante resolución del
órgano competente en materia ambiental de la Junta de Extremadura o del órgano
competente en materia de minas cuando la restauración, acondicionamiento y relleno
esté relacionada con actividades mineras.
4. Obra de construcción o demolición: La actividad consistente en:
• La construcción, rehabilitación, reparación, reforma o demolición de un bien inmueble, tal
como un edificio, carretera, presa, instalación deportiva o de ocio, así como cualquier otro
análogo de ingeniería civil.
• La realización de trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o del subsuelo,
tales como excavaciones, inyecciones, urbanizaciones u otros análogos, con exclusión de
aquellas actividades a las que sea de aplicación la Directiva 2006/21/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 15 de marzo, sobre la gestión de los residuos de industrias
extractivas.
Se considerará parte integrante de la obra toda instalación que dé servicio exclusivo a la misma, y en la
medida en que su montaje y desmontaje tenga lugar durante la ejecución de la obra o al final de la misma,
tales como:
• Plantas de machaqueo.
• Plantas de fabricación de hormigón, grava-cemento o suelocemento.
• Plantas de prefabricados de hormigón.
• Plantas de fabricación de mezclas bituminosas.
• Talleres de fabricación de encofrados.
• Almacenes de materiales y almacenes de residuos de la propia obra y plantas de tratamiento
de los residuos de construcción y demolición de la obra.
5. Obra menor de construcción o reparación domiciliaria: Obra de construcción o demolición en un domicilio
particular, comercio, oficina o inmueble del sector servicios, de sencilla técnica y escasa entidad constructiva y
económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común o del número
de viviendas y locales, y que no precisa de proyecto firmado por profesionales titulados. De forma general se
considerarán como residuos domésticos los RCD generados en las obras y actuaciones sujetos a obra menor.
Por tanto, los efectos de aplicación de esta ordenanza las obras menores de construcción y demolición, se
consideran como tal, aquellas obras que están sujetas al trámite de comunicación previa de obra, conforme al
artículo 162 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura.
6. Productor de residuos de construcción y demolición:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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