Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06267/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de gestión de residuos y demolición de la construcción del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
Anuncio 6267/2023
a) Numero de entregas mensuales.
b) Datos del gestor de residuos.
c) Fecha y hora de la entrega.
d) Identificación del tipo de residuo entregado en cada caso.
e) Cantidad de cada tipo de residuos.
f) Justificantes de dichas entregas: Certificado de entrega de gestión.
g) Incidencias.
El Ayuntamiento gestor del punto limpio de acopio, recepcionará las declaraciones de entrega de residuos, las declaraciones
responsables de inicio y final de obras y se quedará con copia de los certificados de entrega de RCD al gestor habilitado.
Capítulo III.- Planta de almacenamiento temporal de residuos.
Artículo 34.- Descripción de la planta de almacenamiento temporal.
A efectos del presente Ordenanza, se entiende por planta de acopio temporal de RCD, la instalación cerrada y controlada en
el carretera de Villanueva del Fresno, parcela catastral 06093A003000440000EA, de 3.600 m2, cuya titularidad corresponde a
esta entidad local, y cuya gestión podrá ser pública o privada, destinada a la recogida selectiva de residuos procedentes de
obras sujetas a licencia urbanística o asimilables, u obras menores según lo dispuesto en esta Ordenanza.
Dicha planta se encargará de la recepción, almacenamiento, manipulación y tratamiento de los residuos admisibles,
detallados en el artículo 34 de la presente Ordenanza, así como de la comercialización de los materiales recuperados y de
los áridos reciclados y del traslado a vertedero de los materiales considerados como rechazo. Igualmente, se ocupará del
almacenamiento de los residuos peligrosos que lleguen indebidamente a la planta mezclados con los RCD hasta su entrega
a gestor autorizado.
Artículo 35.- Horario y acceso de la planta de almacenamiento temporal.
El horario de recepción de residuos en la planta será el siguiente:
• Lunes a viernes: De 9:00 h a 14:00 h y 16:00 a 18:00 h.
• Sábados: Apertura entre 9:00 h y 14:00 h.
A decisión del gestor de la instalación, se podrá ampliar el horario de 40 horas semanales previsto hasta un total de 60 horas
semanales a distribuir según su conveniencia, entre las 8:00 y las 20:00 h de lunes a sábado.
Este horario, o el que establezca en su caso, estará expuesto en un cartel a la vista de las usuarias y usuarios en el punto de
acceso a la planta.
Salvo situaciones excepcionales, previamente autorizadas por la empresa concesionaria de la planta, no se admitirán
descargas de residuos fuera del horario establecido.
Artículo 36.- Tarifas de tratamiento y precios de venta de productos.
La empresa concesionaria exigirá a los usuarios y usuarias, por la prestación de este servicio, el pago de la tasa
correspondiente, que será establecida por el Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, mediante la oportuna Ordenanza fiscal.
La empresa concesionaria podrá exigir el pago de la tasa en régimen de autoliquidación que se presentará junto a la
solicitud de tratamiento. La liquidación provisional de la tasa se podrá practicar en el momento de solicitar dicha
autorización.
Las tarifas establecidas en la Ordenanza fiscal estarán expuestas en un cartel a la vista de los usuarios y usuarias en el punto
de acceso a la planta.
Cuando la composición del residuo sea mezcla de varios tipos, se aplicará la tarifa del residuo más elevada.
Los criterios para determinar la tarifa a aplicar en cada caso serán los siguientes:
• RCD categoría II: Sucio y no seleccionado en origen.
• RCD categoría III: Limpio y seleccionado en origen.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) Datos del gestor de residuos.
c) Fecha y hora de la entrega.
d) Identificación del tipo de residuo entregado en cada caso.
e) Cantidad de cada tipo de residuos.
f) Justificantes de dichas entregas: Certificado de entrega de gestión.
g) Incidencias.
El Ayuntamiento gestor del punto limpio de acopio, recepcionará las declaraciones de entrega de residuos, las declaraciones
responsables de inicio y final de obras y se quedará con copia de los certificados de entrega de RCD al gestor habilitado.
Capítulo III.- Planta de almacenamiento temporal de residuos.
Artículo 34.- Descripción de la planta de almacenamiento temporal.
A efectos del presente Ordenanza, se entiende por planta de acopio temporal de RCD, la instalación cerrada y controlada en
el carretera de Villanueva del Fresno, parcela catastral 06093A003000440000EA, de 3.600 m2, cuya titularidad corresponde a
esta entidad local, y cuya gestión podrá ser pública o privada, destinada a la recogida selectiva de residuos procedentes de
obras sujetas a licencia urbanística o asimilables, u obras menores según lo dispuesto en esta Ordenanza.
Dicha planta se encargará de la recepción, almacenamiento, manipulación y tratamiento de los residuos admisibles,
detallados en el artículo 34 de la presente Ordenanza, así como de la comercialización de los materiales recuperados y de
los áridos reciclados y del traslado a vertedero de los materiales considerados como rechazo. Igualmente, se ocupará del
almacenamiento de los residuos peligrosos que lleguen indebidamente a la planta mezclados con los RCD hasta su entrega
a gestor autorizado.
Artículo 35.- Horario y acceso de la planta de almacenamiento temporal.
El horario de recepción de residuos en la planta será el siguiente:
• Lunes a viernes: De 9:00 h a 14:00 h y 16:00 a 18:00 h.
• Sábados: Apertura entre 9:00 h y 14:00 h.
A decisión del gestor de la instalación, se podrá ampliar el horario de 40 horas semanales previsto hasta un total de 60 horas
semanales a distribuir según su conveniencia, entre las 8:00 y las 20:00 h de lunes a sábado.
Este horario, o el que establezca en su caso, estará expuesto en un cartel a la vista de las usuarias y usuarios en el punto de
acceso a la planta.
Salvo situaciones excepcionales, previamente autorizadas por la empresa concesionaria de la planta, no se admitirán
descargas de residuos fuera del horario establecido.
Artículo 36.- Tarifas de tratamiento y precios de venta de productos.
La empresa concesionaria exigirá a los usuarios y usuarias, por la prestación de este servicio, el pago de la tasa
correspondiente, que será establecida por el Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, mediante la oportuna Ordenanza fiscal.
La empresa concesionaria podrá exigir el pago de la tasa en régimen de autoliquidación que se presentará junto a la
solicitud de tratamiento. La liquidación provisional de la tasa se podrá practicar en el momento de solicitar dicha
autorización.
Las tarifas establecidas en la Ordenanza fiscal estarán expuestas en un cartel a la vista de los usuarios y usuarias en el punto
de acceso a la planta.
Cuando la composición del residuo sea mezcla de varios tipos, se aplicará la tarifa del residuo más elevada.
Los criterios para determinar la tarifa a aplicar en cada caso serán los siguientes:
• RCD categoría II: Sucio y no seleccionado en origen.
• RCD categoría III: Limpio y seleccionado en origen.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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