Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06149/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Conserje por oposición libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Zafra
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7.1.- El temario de la convocatoria está recogido en el anexo I de las presentes bases. No obstante, la normativa aplicable a
los ejercicios de la oposición será la vigente en el momento de publicar la resolución en la que se determine el lugar, fecha y
hora del comienzo del primer ejercicio. La fase de oposición debe ser superada por el aspirante en todo caso.
7.2.- Único ejercicio:
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para su superación y tendrá
carácter obligatorio y eliminatorio. Este ejercicio consiste en contestar en el tiempo máximo de 90 minutos un cuestionario
formado por 70 preguntas con tres respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la correcta. Las preguntas
versarán sobre el contenido del temario recogido en el anexo I. El cuestionario que se proponga contendrá 15 preguntas
adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto
de anulación con posterioridad al inicio de los ejercicios.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1.º.- Se calificará a razón de 0,143 puntos cada respuesta correcta.
2.º.- Cada cinco preguntas contestadas de forma errónea restará una contestada de manera correcta.
3.º.- Cada siete preguntas dejadas en blanco restará una contestada de manera correcta.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de cinco días hábiles para cualquier reclamación respecto a las preguntas
planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal procederá a valorar la prueba
teórica, publicando el resultado de la misma.
Tras la exposición de la lista provisional, por orden de puntuación se abrirá un plazo de tres días hábiles para posibles
reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan superado este proceso
selectivo.
7.3.- El Tribunal publicará en el tablón de anuncios electrónico de la corporación, anuncio en que aparezcan los resultados
finales del proceso de selección. Con la relación de aspirantes aprobados y propuestos para su contratación, no pudiendo
superar estos el número de plazas convocadas, que es de dos y elevará dicha propuesta al órgano competente de la
corporación para sus efectos.
7.4.- De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá:
a) Por aquel aspirante que haya obtenido mayor número de respuestas acertadas en el ejercicio.
b) En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a favor de aquél cuyo género
estuviera infrarrepresentado en las plazas objeto de la presente convocatoria.
c) De persistir el empate se resolverá por sorteo público.
7.5.- En su caso, si a criterio del Tribunal fuera necesario para el desarrollo del ejercicio, el Ayuntamiento pondrá a
disposición de los candidatos los equipos, aplicaciones, materiales o instrumentos necesarios.
7.6.- El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio, sea corregido sin que se conozca la
identidad de los aspirantes. Se excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o
signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
Octava.- Lista de aprobados, propuesta de nombramiento y formalización de bolsa de trabajo.
8.1.- Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un anuncio que contendrá
los aspirantes aprobados y los que resultan seleccionados, así como la constitución de una bolsa de trabajo para todos
aquellos aprobados y no seleccionados.
8.2.- El Tribunal elevará al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento la propuesta de nombramiento de los aspirantes
seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido, para ocupar la plaza convocada, que será publicada en la sede
electrónica del Ayuntamiento.
8.3.- El Tribunal de Selección emitirá resolución proponiendo al candidato para proveer las plazas indicadas en el
encabezamiento así como de constitución de una bolsa de trabajo, con la finalidad de proveer, con carácter temporal,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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los ejercicios de la oposición será la vigente en el momento de publicar la resolución en la que se determine el lugar, fecha y
hora del comienzo del primer ejercicio. La fase de oposición debe ser superada por el aspirante en todo caso.
7.2.- Único ejercicio:
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para su superación y tendrá
carácter obligatorio y eliminatorio. Este ejercicio consiste en contestar en el tiempo máximo de 90 minutos un cuestionario
formado por 70 preguntas con tres respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la correcta. Las preguntas
versarán sobre el contenido del temario recogido en el anexo I. El cuestionario que se proponga contendrá 15 preguntas
adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto
de anulación con posterioridad al inicio de los ejercicios.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1.º.- Se calificará a razón de 0,143 puntos cada respuesta correcta.
2.º.- Cada cinco preguntas contestadas de forma errónea restará una contestada de manera correcta.
3.º.- Cada siete preguntas dejadas en blanco restará una contestada de manera correcta.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de cinco días hábiles para cualquier reclamación respecto a las preguntas
planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal procederá a valorar la prueba
teórica, publicando el resultado de la misma.
Tras la exposición de la lista provisional, por orden de puntuación se abrirá un plazo de tres días hábiles para posibles
reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan superado este proceso
selectivo.
7.3.- El Tribunal publicará en el tablón de anuncios electrónico de la corporación, anuncio en que aparezcan los resultados
finales del proceso de selección. Con la relación de aspirantes aprobados y propuestos para su contratación, no pudiendo
superar estos el número de plazas convocadas, que es de dos y elevará dicha propuesta al órgano competente de la
corporación para sus efectos.
7.4.- De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá:
a) Por aquel aspirante que haya obtenido mayor número de respuestas acertadas en el ejercicio.
b) En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a favor de aquél cuyo género
estuviera infrarrepresentado en las plazas objeto de la presente convocatoria.
c) De persistir el empate se resolverá por sorteo público.
7.5.- En su caso, si a criterio del Tribunal fuera necesario para el desarrollo del ejercicio, el Ayuntamiento pondrá a
disposición de los candidatos los equipos, aplicaciones, materiales o instrumentos necesarios.
7.6.- El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio, sea corregido sin que se conozca la
identidad de los aspirantes. Se excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o
signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
Octava.- Lista de aprobados, propuesta de nombramiento y formalización de bolsa de trabajo.
8.1.- Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un anuncio que contendrá
los aspirantes aprobados y los que resultan seleccionados, así como la constitución de una bolsa de trabajo para todos
aquellos aprobados y no seleccionados.
8.2.- El Tribunal elevará al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento la propuesta de nombramiento de los aspirantes
seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido, para ocupar la plaza convocada, que será publicada en la sede
electrónica del Ayuntamiento.
8.3.- El Tribunal de Selección emitirá resolución proponiendo al candidato para proveer las plazas indicadas en el
encabezamiento así como de constitución de una bolsa de trabajo, con la finalidad de proveer, con carácter temporal,
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