Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06149/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Conserje por oposición libre
13 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Zafra
Anuncio 6149/2023
Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente, dentro del plazo de presentación, copia de la solicitud, al
correo electrónico registroentrada@zafra.es.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
3.3.- Plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar del siguiente a aquel en que aparezca
publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente
las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el
Diario Oficial de Extremadura.
3.4.- Los aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
3.5.- Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
3.6.- Los derechos de examen serán de 14,80 euros, que se abonarán siguiendo el procedimiento establecido a
continuación, indicando en el concepto "Pruebas selectivas oposición Conserje".
De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Zafra reguladora de la tasa por derecho de
examen, en convocatorias para acceder a la función pública, estará bonificada o exenta la cuota de la tasa:
a) Si la unidad familiar a la que pertenece el solicitante dispone de unos ingresos anuales, por todos los
conceptos, inferiores al importe del salario mínimo interprofesional, descuento del 100%. Para la aplicación
de la mencionada exención el aspirante deberá acreditar las circunstancias descritas anteriormente mediante
certificado de empadronamiento colectivo, más vidas laborales de cada integrante mayor de 16 años y
certificado de ingresos o declaración IRPF año anterior o en su defecto certificado emitido por la AEAT de no
presentación.
b) Por desempleo, descuento del 50% en el pago de la tasa de los sujetos pasivos que figuren como
demandantes de empleo, para la aplicación de la mencionada bonificación el aspirante deberá acreditar las
circunstancias descritas anteriormente mediante el correspondiente certificado emitido por el SEXPE.
c) Por discapacidad igual o superior al 33%, descuento del 25% que se acreditarán con el certificado expedido
por el CADEX.
d) Las bonificaciones de los apartados b) y c) no serán acumulables.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados al objeto de acreditar la condición
de demandante de empleo a fecha de presentación de la solicitud.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
El abono de tasas se realizará atendiendo a lo siguiente:
a) Los sujetos participantes deberán realizar autoliquidación en los impresos habilitados al efecto por la
Administración municipal (anexo III) y realizar su ingreso en cualquier entidad bancaria autorizada Banco
Santander SA, IBAN ES54 0049 6002 0922 1663 2119, antes de presentar la correspondiente solicitud de
inscripción, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo.
b) La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la inadmisión del
aspirante a las pruebas selectivas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente, dentro del plazo de presentación, copia de la solicitud, al
correo electrónico registroentrada@zafra.es.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
3.3.- Plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar del siguiente a aquel en que aparezca
publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente
las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el
Diario Oficial de Extremadura.
3.4.- Los aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
3.5.- Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
3.6.- Los derechos de examen serán de 14,80 euros, que se abonarán siguiendo el procedimiento establecido a
continuación, indicando en el concepto "Pruebas selectivas oposición Conserje".
De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Zafra reguladora de la tasa por derecho de
examen, en convocatorias para acceder a la función pública, estará bonificada o exenta la cuota de la tasa:
a) Si la unidad familiar a la que pertenece el solicitante dispone de unos ingresos anuales, por todos los
conceptos, inferiores al importe del salario mínimo interprofesional, descuento del 100%. Para la aplicación
de la mencionada exención el aspirante deberá acreditar las circunstancias descritas anteriormente mediante
certificado de empadronamiento colectivo, más vidas laborales de cada integrante mayor de 16 años y
certificado de ingresos o declaración IRPF año anterior o en su defecto certificado emitido por la AEAT de no
presentación.
b) Por desempleo, descuento del 50% en el pago de la tasa de los sujetos pasivos que figuren como
demandantes de empleo, para la aplicación de la mencionada bonificación el aspirante deberá acreditar las
circunstancias descritas anteriormente mediante el correspondiente certificado emitido por el SEXPE.
c) Por discapacidad igual o superior al 33%, descuento del 25% que se acreditarán con el certificado expedido
por el CADEX.
d) Las bonificaciones de los apartados b) y c) no serán acumulables.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados al objeto de acreditar la condición
de demandante de empleo a fecha de presentación de la solicitud.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
El abono de tasas se realizará atendiendo a lo siguiente:
a) Los sujetos participantes deberán realizar autoliquidación en los impresos habilitados al efecto por la
Administración municipal (anexo III) y realizar su ingreso en cualquier entidad bancaria autorizada Banco
Santander SA, IBAN ES54 0049 6002 0922 1663 2119, antes de presentar la correspondiente solicitud de
inscripción, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo.
b) La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la inadmisión del
aspirante a las pruebas selectivas.
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