Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06149/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Conserje por oposición libre
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Ayuntamiento de Zafra

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5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local; el
Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1
octubre, Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación y el Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Segunda.- Condiciones de admisión de aspirantes.
2.1.- Requisitos. Para poder participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto
de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados. Las pruebas se realizarán en español.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas del puesto al
que se aspira.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
e) No estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de
diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
f) Estar en posesión o en condiciones de obtener el certificado de escolaridad o equivalente según los
distintos planes de estudios. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión
de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.
2.2.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse a fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. Igualmente, deberán
mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar
seleccionados, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera.- Presentación de instancias.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias dirigidas al Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Zafra, solicitando tomar parte en la
oposición, conforme al modelo que aparece en el anexo II, los aspirantes deberán manifestar que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen, en la base segunda, y que se
comprometen a prestar juramento, o promesa, de acuerdo con la normativa vigente, debiéndose acompañar:
Copia del DNI, NIE o pasaporte.
Copia de la titulación académica requerida: Certificado de escolaridad o equivalente.
Modelo de autoliquidación de tasa por derechos de examen.
Justificante bancario del pago por derechos de examen.
b) En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de examen, supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia del
interesado.
3.2.- Lugar de presentación de instancias. Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en el Registro
General de este Excmo. Ayuntamiento, en horario de atención al público de lunes a viernes o bien por la sede electrónica.
También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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