Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (06108/2023)
Aprobación definitiva del Consorcio integral para la recuperación monumental patrimonial, social, económica y urbanística del Casco Antiguo de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

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recibidas, en representación del Consorcio.
b) Elaborar el anteproyecto de presupuestos y el de liquidación del presupuesto vencido.
c) Elaborar el anteproyecto de actuaciones.
d) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva.
e) La dirección y jefatura del personal.
f) La gestión del patrimonio y los bienes que corresponden a los servicios a su cargo.
g) La tramitación administrativa de las actuaciones del Consorcio.
h) Preparar la documentación que deba someterse a la consideración del Consejo Rector y de
la Comisión Ejecutiva, e informar de todo lo necesario para el adecuado ejercicio de sus
competencias.
i) El seguimiento de las obras que se realicen y de los servicios que se presten.
j) Las demás funciones que le deleguen el Consejo Rector y la Comisión Ejecutiva.

Artículo 16.- Mesa Técnica.
1.- La Mesa Técnica será un órgano destinado al estudio, discusión y debate de aquellos temas, detalles o proyectos que se
estimen oportunos por parte de la Comisión Ejecutiva, previa remisión al Consejo Rector. La Mesa Técnica estará compuesta
por:
- Miembros de las asociaciones de vecinos del Casco Antiguo de Badajoz y su ámbito de actuación.
- Miembros de asociaciones culturales, empresariales, profesionales, comerciales, de carácter cívico y de
defensa del patrimonio histórico y artístico de la ciudad de Badajoz legalmente constituidas, con vinculación
directa con el casco antiguo.
- Miembros de aquellas otras asociaciones que tengan interés directo en el ámbito de actuación del presente
Consorcio, previo acuerdo por mayoría absoluta de los miembros de la Comisión Ejecutiva.
- Miembros de los Colegios Profesionales vinculados a los fines y objetivos expresados con anterioridad que
se define como propios del Consorcio.
2.- La Mesa Técnica tendrá un carácter consultivo, no vinculante y será convocada discrecionalmente por la Comisión
Ejecutiva.
CAPÍTULO III
Régimen económico
Artículo 17.- Recursos económicos.
Los recursos económicos del Consorcio son los siguientes:
a) Las aportaciones de las entidades consorciadas.
b) Rendimiento de sus servicios.
c) Subvenciones y otros ingresos de derecho público o privado.
d) Empréstitos y préstamos.
e) Aquellos otros legalmente establecidos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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