Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (06070/2023)
Bases reguladoras de la segunda convocatoria del Plan provincial de accesibilidad 2023 a favor de los municipios y entidades locales menores para poner a su disposición elementos que favorezcan la integración de personas con discapacidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Anuncio 6070/2023
Se hallen al corriente en sus obligaciones por reintegro con la Diputación de Badajoz.
Cumplan con los restantes requisitos exigidos al efecto por el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
La justificación del cumplimiento de dichos restantes requisitos exigidos al efecto por el artículo 13.2 se realizará mediante
declaración responsable conforme al anexo 5.
Base 6: Presentación de solicitudes.
Las entidades solicitantes podrán solicitar las ayudas de acuerdo a los modelos establecidos en esta convocatoria, debiendo
acompañarse a cada una de ellas, de la siguiente documentación y anexos correspondientes:
1. Solicitud de subvención elemento de accesibilidad y selección de elemento. (Anexo I).
2. Declaración responsable. (Anexo 5).
La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor, salvo denegación expresa por la
parte solicitante, para recabar de oficio las certificaciones de encontrarse al corriente con las obligaciones
tributarias con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social.
En el caso de que se deniegue expresamente deberán adjuntar además el certificado del/a Secretario/a o
Secretario/a-Interventor/a de la entidad local, acreditativo de encontrarse al corriente con las obligaciones con
la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social, de conformidad a los datos y certificaciones obrantes en la
entidad solicitante. Anexo 4.
Se establece un plazo de 7 días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente
a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, lo anterior, el
extracto de la convocatoria será objeto de publicación también en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones. Si el último día fuera inhábil se entenderá por último día del plazo el siguiente día hábil.
Al amparo de lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud de iniciación presentada no reuniese los requisitos, se
requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos.
Las solicitudes se tramitarán únicamente a través de de la sede electrónica, ubicada en la página principal de
la Diputación de Badajoz, en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios, conforme a los
modelos normalizados, y debidamente firmados por el órgano competente, los cuales se digitalizarán e
incorporarán junto con la solicitud electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se
consideran copias electrónicas auténticas de los documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se
garantizará mediante la utilización de firma electrónica con la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del
documento o de la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las
copias aportadas. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y
trate la información personal contenida en tales documentos.
Las solicitudes conforme al modelo normalizado estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación
de Badajoz, ubicada en la página principal de la Diputación de Badajoz en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los anexos que se tienen que adjuntar obligatoriamente estarán disponibles en los siguientes enlaces web:
http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones.
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
http://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Las notificaciones se realizarán a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Cumplan con los restantes requisitos exigidos al efecto por el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
La justificación del cumplimiento de dichos restantes requisitos exigidos al efecto por el artículo 13.2 se realizará mediante
declaración responsable conforme al anexo 5.
Base 6: Presentación de solicitudes.
Las entidades solicitantes podrán solicitar las ayudas de acuerdo a los modelos establecidos en esta convocatoria, debiendo
acompañarse a cada una de ellas, de la siguiente documentación y anexos correspondientes:
1. Solicitud de subvención elemento de accesibilidad y selección de elemento. (Anexo I).
2. Declaración responsable. (Anexo 5).
La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor, salvo denegación expresa por la
parte solicitante, para recabar de oficio las certificaciones de encontrarse al corriente con las obligaciones
tributarias con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social.
En el caso de que se deniegue expresamente deberán adjuntar además el certificado del/a Secretario/a o
Secretario/a-Interventor/a de la entidad local, acreditativo de encontrarse al corriente con las obligaciones con
la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social, de conformidad a los datos y certificaciones obrantes en la
entidad solicitante. Anexo 4.
Se establece un plazo de 7 días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente
a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, lo anterior, el
extracto de la convocatoria será objeto de publicación también en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones. Si el último día fuera inhábil se entenderá por último día del plazo el siguiente día hábil.
Al amparo de lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud de iniciación presentada no reuniese los requisitos, se
requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos.
Las solicitudes se tramitarán únicamente a través de de la sede electrónica, ubicada en la página principal de
la Diputación de Badajoz, en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios, conforme a los
modelos normalizados, y debidamente firmados por el órgano competente, los cuales se digitalizarán e
incorporarán junto con la solicitud electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se
consideran copias electrónicas auténticas de los documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se
garantizará mediante la utilización de firma electrónica con la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del
documento o de la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las
copias aportadas. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y
trate la información personal contenida en tales documentos.
Las solicitudes conforme al modelo normalizado estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación
de Badajoz, ubicada en la página principal de la Diputación de Badajoz en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los anexos que se tienen que adjuntar obligatoriamente estarán disponibles en los siguientes enlaces web:
http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones.
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
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