Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06112/2023)
Aprobación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas a las empresas villanovenses durante el ejercicio de 2023, con el objetivo de favorecer la actividad empresarial
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 6112/2023
2. Una declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que
impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley
General de Subvenciones.
3. Copia del documento acreditativo del pago del IBI urbana correspondiente al ejercicio de 2023.
4. Copia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas, ya sea del propietario del local o del arrendatario,
según corresponda.
5. Certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, autonómica y el
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
6. En el caso de propietarios de locales que los arriendan para un uso empresarial o profesional:
- Copia del contrato de arrendamiento.
- Justificante de presentación del modelo 303 de autoliquidación del IVA.
7. En las solicitudes correspondientes a inmuebles cuyo uso sea el de almacén-cochera,
además:
- Copia del certificado de la pensión de jubilación.
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2022, o certificado de
imputaciones en caso de no tener obligación de presentar dicha declaración.
- Certificado bancario acreditativo de los depósitos bancarios de que sea titular el solicitante,
con indicación de su importe; o certificado negativo, en su caso.
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará a los 10 días hábiles.
Séptima. Instrucción.
La instrucción del procedimiento se realizará por la concejalía de Comercio, Industria y Desarrollo Económico del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se expondrán al público en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena los listados de solicitudes con documentación completa, solicitudes con falta de
documentación y solicitudes excluidas, abriéndose un plazo de cinco días naturales para que las personas interesadas
subsanen la falta de documentación y las deficiencias observadas, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá
por desistidas de su petición, de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa resolución que será dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la citada norma.
La concejalía de Comercio, Industria y Desarrollo Económico estará facultada para efectuar las verificaciones necesarias de
la documentación aportada por los interesados.
Octava. Resolución.
Las solicitudes serán examinadas y valoradas por el órgano colegiado creado por la ordenanza general de subvenciones del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, aprobada por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de mayo de 2005, y
publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 152, de 10 de agosto siguiente.
Mediante propuesta de resolución efectuada por el citado órgano colegiado se determinarán los solicitantes que, por
cumplir los requisitos, tienen derecho a la ayuda y la cuantía de esta.
De conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, una vez publicada la
propuesta de adjudicación provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, se establecerá
un plazo de cinco días para que los interesados presenten las alegaciones que estimen oportunas en el Registro Municipal, o
por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos, ni otras
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley
General de Subvenciones.
3. Copia del documento acreditativo del pago del IBI urbana correspondiente al ejercicio de 2023.
4. Copia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas, ya sea del propietario del local o del arrendatario,
según corresponda.
5. Certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, autonómica y el
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
6. En el caso de propietarios de locales que los arriendan para un uso empresarial o profesional:
- Copia del contrato de arrendamiento.
- Justificante de presentación del modelo 303 de autoliquidación del IVA.
7. En las solicitudes correspondientes a inmuebles cuyo uso sea el de almacén-cochera,
además:
- Copia del certificado de la pensión de jubilación.
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2022, o certificado de
imputaciones en caso de no tener obligación de presentar dicha declaración.
- Certificado bancario acreditativo de los depósitos bancarios de que sea titular el solicitante,
con indicación de su importe; o certificado negativo, en su caso.
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará a los 10 días hábiles.
Séptima. Instrucción.
La instrucción del procedimiento se realizará por la concejalía de Comercio, Industria y Desarrollo Económico del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se expondrán al público en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena los listados de solicitudes con documentación completa, solicitudes con falta de
documentación y solicitudes excluidas, abriéndose un plazo de cinco días naturales para que las personas interesadas
subsanen la falta de documentación y las deficiencias observadas, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá
por desistidas de su petición, de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa resolución que será dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la citada norma.
La concejalía de Comercio, Industria y Desarrollo Económico estará facultada para efectuar las verificaciones necesarias de
la documentación aportada por los interesados.
Octava. Resolución.
Las solicitudes serán examinadas y valoradas por el órgano colegiado creado por la ordenanza general de subvenciones del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, aprobada por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de mayo de 2005, y
publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 152, de 10 de agosto siguiente.
Mediante propuesta de resolución efectuada por el citado órgano colegiado se determinarán los solicitantes que, por
cumplir los requisitos, tienen derecho a la ayuda y la cuantía de esta.
De conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, una vez publicada la
propuesta de adjudicación provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, se establecerá
un plazo de cinco días para que los interesados presenten las alegaciones que estimen oportunas en el Registro Municipal, o
por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos, ni otras
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