Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Coronada. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (06039/2023)
Aprobación del Plan de medidas antifraude del Ayuntamiento de La Coronada
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Coronada
Anuncio 6039/2023
evidenciándose esa separación de forma clara.
E. Mecanismos adecuados de evaluación del riesgo para todas las medidas gestionadas, dejando evidencia del
mismo, en busca de las partes del proceso más susceptibles de sufrir fraude, y controlarlas especialmente,
sobre la siguiente base:
I. Identificación de medidas que son más susceptibles del fraude, como pueden ser aquellas
con alta intensidad, alto presupuesto, muchos requisitos a justificar por el solicitante, controles
complejos, etc.
II. Identificación de posibles conflictos de intereses.
III. Resultados de trabajos previos de auditorías internas.
IV. Resultados de auditorías de la Comisión Europea o del Tribunal de Cuentas Europeo, en su
caso.
V. Casos de fraude detectados con anterioridad.
F. Sistema de control interno eficaz, adecuadamente diseñado y gestionado, con controles que se centren en
paliar con eficacia los riesgos que se identifiquen.
G. Análisis de datos. Dentro de los límites relativos a la protección de datos, cruce de datos con otros
organismos públicos o privados del sector que permitan detectar posibles situaciones de alto riesgo incluso
antes de la concesión de los fondos.
En relación a las medidas para la prevención del conflicto de intereses, la Orden HPF/1030/2021 contempla las siguientes:
1. Comunicación e información al personal de la entidad sobre las distintas modalidades de conflicto de interés y de las
formas de evitarlo.
2. Cumplimentación de una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) a los intervinientes en los
procedimientos, en todo caso el responsable del órgano de contratación/concesión de subvención, el personal que
redacte los documentos de licitación/bases y/o convocatorias, los expertos que evalúen las
solicitudes/ofertas/propuestas, los miembros de los comités de evaluación de solicitudes/ofertas/propuestas y
demás órganos colegiados del procedimiento.
En caso de órganos colegiados, dicha declaración puede realizarse al inicio de la correspondiente reunión por todos los
intervinientes en la misma y reflejándose en el Acta.
Igualmente, establecimiento cumplimentación de la DACI como requisito a aportar por el/los beneficiarios que, dentro de los
requisitos de concesión de la ayuda, deban llevar a cabo actividades que presenten un conflicto de intereses potencial.
1. Comprobación de información a través de bases de datos de los registros mercantiles, bases de datos de organismos
nacionales y de la UE, expedientes de los empleados (teniendo en cuenta las normas de protección de datos) o a
través de la utilización de herramientas de prospección de datos («data mining») o de puntuación de riesgos
(ARACHNE).
2. Aplicación estricta de la normativa interna (normativa estatal, autonómica o local) correspondiente, en particular, el
artículo 53 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público relativo a los Principios éticos, el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo a la Abstención y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
2. MEDIDAS DE DETECCIÓN.
A. Verificación de la DACI con información proveniente de otras fuentes.
La declaración de ausencia de conflicto de intereses debe ser verificada. Los mecanismos de verificación
deberán centrarse en la información contenida en el DACI, que deberá examinarse a la luz de otro tipo de
información:
Información externa (por ejemplo, información sobre un potencial conflicto de intereses
proporcionada por personas ajenas a la organización que no tienen relación con la situación que ha
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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evidenciándose esa separación de forma clara.
E. Mecanismos adecuados de evaluación del riesgo para todas las medidas gestionadas, dejando evidencia del
mismo, en busca de las partes del proceso más susceptibles de sufrir fraude, y controlarlas especialmente,
sobre la siguiente base:
I. Identificación de medidas que son más susceptibles del fraude, como pueden ser aquellas
con alta intensidad, alto presupuesto, muchos requisitos a justificar por el solicitante, controles
complejos, etc.
II. Identificación de posibles conflictos de intereses.
III. Resultados de trabajos previos de auditorías internas.
IV. Resultados de auditorías de la Comisión Europea o del Tribunal de Cuentas Europeo, en su
caso.
V. Casos de fraude detectados con anterioridad.
F. Sistema de control interno eficaz, adecuadamente diseñado y gestionado, con controles que se centren en
paliar con eficacia los riesgos que se identifiquen.
G. Análisis de datos. Dentro de los límites relativos a la protección de datos, cruce de datos con otros
organismos públicos o privados del sector que permitan detectar posibles situaciones de alto riesgo incluso
antes de la concesión de los fondos.
En relación a las medidas para la prevención del conflicto de intereses, la Orden HPF/1030/2021 contempla las siguientes:
1. Comunicación e información al personal de la entidad sobre las distintas modalidades de conflicto de interés y de las
formas de evitarlo.
2. Cumplimentación de una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) a los intervinientes en los
procedimientos, en todo caso el responsable del órgano de contratación/concesión de subvención, el personal que
redacte los documentos de licitación/bases y/o convocatorias, los expertos que evalúen las
solicitudes/ofertas/propuestas, los miembros de los comités de evaluación de solicitudes/ofertas/propuestas y
demás órganos colegiados del procedimiento.
En caso de órganos colegiados, dicha declaración puede realizarse al inicio de la correspondiente reunión por todos los
intervinientes en la misma y reflejándose en el Acta.
Igualmente, establecimiento cumplimentación de la DACI como requisito a aportar por el/los beneficiarios que, dentro de los
requisitos de concesión de la ayuda, deban llevar a cabo actividades que presenten un conflicto de intereses potencial.
1. Comprobación de información a través de bases de datos de los registros mercantiles, bases de datos de organismos
nacionales y de la UE, expedientes de los empleados (teniendo en cuenta las normas de protección de datos) o a
través de la utilización de herramientas de prospección de datos («data mining») o de puntuación de riesgos
(ARACHNE).
2. Aplicación estricta de la normativa interna (normativa estatal, autonómica o local) correspondiente, en particular, el
artículo 53 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público relativo a los Principios éticos, el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo a la Abstención y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
2. MEDIDAS DE DETECCIÓN.
A. Verificación de la DACI con información proveniente de otras fuentes.
La declaración de ausencia de conflicto de intereses debe ser verificada. Los mecanismos de verificación
deberán centrarse en la información contenida en el DACI, que deberá examinarse a la luz de otro tipo de
información:
Información externa (por ejemplo, información sobre un potencial conflicto de intereses
proporcionada por personas ajenas a la organización que no tienen relación con la situación que ha
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