Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Roca de la Sierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05594/2023)
Bases de la convocatoria para la promoción interna cruzada voluntaria de personal laboral fijo del Ayuntamiento de La Roca de la Sierra
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Ayuntamiento de La Roca de la Sierra

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5.7. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de
su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de otro personal de Diputación o de otras
Administraciones Públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, en el desarrollo de
los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
5.8. El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el
buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las presentes bases.
6. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes, se realizará mediante promoción interna por el sistema de concursooposición, en el que se diferenciarán fases de oposición y concurso, del siguiente modo.
6.1. Fase de oposición.
6.1.1. Constará de dos pruebas o ejercicios, obligatorios, independientes y eliminatorios entre sí:
• Primer ejercicio, prueba teórica de carácter obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 20 preguntas, más cinco de reserva, basadas en el temario
del anexo II de la presente convocatoria. Cada pregunta tendrá tres respuestas alternativas, siendo una de
ellas la correcta. Cada respuesta correcta será calificada con 0,5 puntos, restándose 0,10 puntos por cada
respuesta incorrecta.
La prueba será valorada de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la
prueba.
Finalizado el ejercicio se abrirá un plazo de reclamaciones de 3 días, durante el que las personas que lo han
realizado, podrán impugnar las preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por incorrectas.
• Segundo ejercicio, prueba práctica de carácter obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la realización de diversas operaciones contables propuestas por el tribunal en el programa de
prueba de SICALWIN. El tiempo máximo empleado será de 60 minutos y se valorará la corrección de su
ejecución y la exactitud de los resultados.
La prueba será valorada de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la
prueba.
6.1.2. La calificación definitiva de esta fase estará formada por la nota media de los dos ejercicios de la oposición ponderada
al 70 por 100.
6.1.3. Con carácter general, las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio de la fase de oposición en
llamamiento único, siendo excluidas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados
que serán apreciados y ponderados por el Tribunal.
6.2. Fase de concurso.
6.2.1. Sólo se valorará la fase de concurso a aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
6.2.2. En esta fase se valorarán los siguientes méritos:
1. Antigüedad y experiencia profesional (hasta un máximo de 7 puntos).

Experiencia en plaza/puesto similar al convocado
1. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de La Roca de la Sierra,
desempeñando la plaza similar a la ofertada en régimen laboral fijo:

Valoración
0,04 puntos/mes

2. Cursos de formación (hasta un máximo de 3 puntos).

Formación
1. Por cada horas de formación en manejo y aplicación del programa de
contabilidad SICALWIN o relacionado con el mismo (CONFIA y similares):
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Valoración
0,04 puntos, hasta un
máximo de 2 puntos

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