Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05526/2023)
Aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria para la concesión de subvenciones a los municipios de la Mancomunidad Municipios Centro, en el marco del proyecto "Sembrar Verde" de los presupuestos participativos de Diputación de Badajoz 2023
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 5526/2023
Al respecto cabe indicar que en la cláusula 5.ª del Plan Estratégico de Subvenciones de 2023, en su apartado b), se prevé
como modalidad de concesión de subvenciones la de concurrencia no competitiva, para el supuesto de que las bases
reguladoras específicas no establezcan orden de prelación entre las solicitudes de subvención y predeterminen un reparto
previo entre los potenciales beneficiarios, como es el caso del efectuado para el proyecto Sembrar Verde.
En los mismos términos y condiciones se recoge dicha modalidad en el apartado 3.1 de la base 41.ª de ejecución de los
presupuestos de 2023, en la que se establece asimismo que previamente se aprobarán y publicarán las bases específicas
que regirán el régimen y concesión de las subvenciones.
Por último, en el apartado 4.1 de la referida base 41.ª se establece que la aprobación de las bases específicas y de la
convocatoria corresponde al Diputado Delegado del Área gestora de las subvenciones.
Por consiguiente, vista la propuesta de bases reguladoras formulada al respecto por la dirección del área, y considerando la
competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz, así
como el apartado 4.1 de la base 41.ª de ejecución de los presupuestos, y la Ordenanza reguladora del Procedimiento
Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico de la de la Diputación de Badajoz.
HE RESUELTO:
Primero. Aprobar las bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a los
municipios de la Mancomunidad Centro, en el marco del proyecto "Sembrar Verde" de los presupuestos
provinciales participativos de la Diputación de Badajoz de la anualidad 2023, al objeto de que se doten de los
elementos necesarios que permitan la mejora y adecuación de las zonas verdes municipales, y el fomento del
reciclaje, en consonancia con el proyecto aprobado en el marco de los PPP.
Segundo. Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan, para posibilitar su remisión a
través del registro electrónico:
a) Solicitud de subvención (anexo I).
b) Remisión electrónica de documentación para subsanación de la solicitud (anexo II).
c) Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención (anexo V).
d) Remisión electrónica de documentación para subsanación de la justificación de subvención
(anexo VII).
Tercero. Incoar la aprobación del oportuno expediente de gasto por la cuantía total máxima que fija la
convocatoria.
Cuarto. Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones, por la
modalidad de concurrencia no competitiva y como convocatoria ordinaria, conforme a lo previsto al respecto
en la cláusula 5.ª, apartado b), del Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación de 2023 y a lo
establecido en los apartados 3.1 y 4.1 de la base 41.ª de ejecución de los vigentes presupuestos de
Diputación, y de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto. Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponerse recurso de
reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1,
25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que
pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Al respecto cabe indicar que en la cláusula 5.ª del Plan Estratégico de Subvenciones de 2023, en su apartado b), se prevé
como modalidad de concesión de subvenciones la de concurrencia no competitiva, para el supuesto de que las bases
reguladoras específicas no establezcan orden de prelación entre las solicitudes de subvención y predeterminen un reparto
previo entre los potenciales beneficiarios, como es el caso del efectuado para el proyecto Sembrar Verde.
En los mismos términos y condiciones se recoge dicha modalidad en el apartado 3.1 de la base 41.ª de ejecución de los
presupuestos de 2023, en la que se establece asimismo que previamente se aprobarán y publicarán las bases específicas
que regirán el régimen y concesión de las subvenciones.
Por último, en el apartado 4.1 de la referida base 41.ª se establece que la aprobación de las bases específicas y de la
convocatoria corresponde al Diputado Delegado del Área gestora de las subvenciones.
Por consiguiente, vista la propuesta de bases reguladoras formulada al respecto por la dirección del área, y considerando la
competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz, así
como el apartado 4.1 de la base 41.ª de ejecución de los presupuestos, y la Ordenanza reguladora del Procedimiento
Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico de la de la Diputación de Badajoz.
HE RESUELTO:
Primero. Aprobar las bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a los
municipios de la Mancomunidad Centro, en el marco del proyecto "Sembrar Verde" de los presupuestos
provinciales participativos de la Diputación de Badajoz de la anualidad 2023, al objeto de que se doten de los
elementos necesarios que permitan la mejora y adecuación de las zonas verdes municipales, y el fomento del
reciclaje, en consonancia con el proyecto aprobado en el marco de los PPP.
Segundo. Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan, para posibilitar su remisión a
través del registro electrónico:
a) Solicitud de subvención (anexo I).
b) Remisión electrónica de documentación para subsanación de la solicitud (anexo II).
c) Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención (anexo V).
d) Remisión electrónica de documentación para subsanación de la justificación de subvención
(anexo VII).
Tercero. Incoar la aprobación del oportuno expediente de gasto por la cuantía total máxima que fija la
convocatoria.
Cuarto. Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones, por la
modalidad de concurrencia no competitiva y como convocatoria ordinaria, conforme a lo previsto al respecto
en la cláusula 5.ª, apartado b), del Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación de 2023 y a lo
establecido en los apartados 3.1 y 4.1 de la base 41.ª de ejecución de los vigentes presupuestos de
Diputación, y de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto. Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponerse recurso de
reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1,
25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que
pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.
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