Administración Local. Consorcios. Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05144/2023)
Bases específicas con convocatoria de subvenciones destinadas a las agrupaciones y/o asociaciones de bomberos voluntarios de la provincia de Badajoz para el año 2023
35 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz
Anuncio 5144/2023
Las solicitudes se tramitarán por vía electrónica exclusivamente mediante su presentación a través de la sede electrónica
ubicada en la página principal de Diputación de Badajoz en la dirección electrónica que a continuación se describe:
https://sede.dip-badajoz.eseligiendo la entidad "Consorcio Prevención y Extinción de Incendios en el desplegable de la
esquina superior derecha:
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad emitido a favor del representante legal de
la misma. Los pasos a seguir para realizar el acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/.
2. Entrar en catálogo de trámites entidades locales y AAPP.
3. Seleccionar el trámite solicitud de subvención para agrupaciones de bomberos.
4. Identificarse con el certificado digital de representación del representante legal de la entidad.
5. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad y al representante legal de la entidad.
6. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
7. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
8. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos y documentos adjuntados.
9. Firmar y finalizar.
Para la presentación de las solicitudes se utilizarán los modelos normalizados e irán acompañadas de la documentación
requerida en las presentes bases. La presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante
las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido.
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de registro electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 19 de
15 de enero de 2021 y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos
normalizados que, debidamente firmados por el órgano competente, se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se consideran copias electrónicas auténticas de los
documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica con la
que se firma la solicitud.
Este Consorcio Provincial podrá, en cualquier momento, requerir a la entidad interesada la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación
de tales copias implica la autorización a la administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la bases por parte de la entidad
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización de la entidad solicitante para que el órgano gestor obtenga de
forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la administración estatal, provincial y con
la Seguridad Social.
No obstante, la Entidad solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
La administración provincial obtendrá de oficio el certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones/Fundaciones de la
Junta de Extremadura. En caso de que figurara inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones/Fundaciones, la entidad
solicitante de la subvención deberá obtener dicho documento y adjuntarlo a la solicitud.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I de esta convocatoria (caso de agrupaciones integradas
en los ayuntamientos) o en el anexo II (agrupaciones independientes), debidamente firmada por el representante
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Las solicitudes se tramitarán por vía electrónica exclusivamente mediante su presentación a través de la sede electrónica
ubicada en la página principal de Diputación de Badajoz en la dirección electrónica que a continuación se describe:
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esquina superior derecha:
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad emitido a favor del representante legal de
la misma. Los pasos a seguir para realizar el acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/.
2. Entrar en catálogo de trámites entidades locales y AAPP.
3. Seleccionar el trámite solicitud de subvención para agrupaciones de bomberos.
4. Identificarse con el certificado digital de representación del representante legal de la entidad.
5. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad y al representante legal de la entidad.
6. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
7. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
8. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos y documentos adjuntados.
9. Firmar y finalizar.
Para la presentación de las solicitudes se utilizarán los modelos normalizados e irán acompañadas de la documentación
requerida en las presentes bases. La presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante
las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido.
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de registro electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 19 de
15 de enero de 2021 y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos
normalizados que, debidamente firmados por el órgano competente, se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se consideran copias electrónicas auténticas de los
documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica con la
que se firma la solicitud.
Este Consorcio Provincial podrá, en cualquier momento, requerir a la entidad interesada la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación
de tales copias implica la autorización a la administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la bases por parte de la entidad
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización de la entidad solicitante para que el órgano gestor obtenga de
forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la administración estatal, provincial y con
la Seguridad Social.
No obstante, la Entidad solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
La administración provincial obtendrá de oficio el certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones/Fundaciones de la
Junta de Extremadura. En caso de que figurara inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones/Fundaciones, la entidad
solicitante de la subvención deberá obtener dicho documento y adjuntarlo a la solicitud.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I de esta convocatoria (caso de agrupaciones integradas
en los ayuntamientos) o en el anexo II (agrupaciones independientes), debidamente firmada por el representante
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