Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05069/2023)
Bases y convocatoria para cubrir una plaza, con carácter temporal, de Profesor de Música para la Escuela Municipal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Garrovilla
Anuncio 5069/2023
aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe
a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los
asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo del proceso que actuará bajo su dirección, cuando la
complejidad del mismo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
Procedimiento de selección: Concurso-oposición.
Oposición (60%).
La fase de oposición consistirá en la realización de la defensa oral de un proyecto de trabajo y actividades de carácter anual
a realizar en el curso lectivo.
Esta fase será eliminatoria, debiendo sacar el aspirante una nota media de 5 puntos, para pasar a la fase de concurso.
Concurso (40%).
a) Formación: Hasta un máximo de 4 puntos.
Cursos relacionados con el desempeño del puesto de trabajo
0,005 puntos por cada hora
a) Experiencia: Hasta un máximo de 6 puntos.
Por desarrollo de la actividad docente de Profesor/a en una escuela de música,
conservatorio, organismo educativo público o privado o Administración Pública.
0,10 puntos por cada mes
Octava. Calificación.
Tras calificar ambas fases, el Tribunal hallará la puntuación total sumando los puntos obtenidos en la fase del concurso y
oposición, y elaborará, por orden de puntuación, una lista.
En caso de empate, se acudirá para dirimirlo a la nota obtenida en la fase de oposición.
Novena. Relación de personas aprobadas.
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de
puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento en la sede electrónica del Ayuntamiento
(https://lagarrovilla.sedelectronica.es/info.0).
Se señalará un plazo de 2 días para reclamaciones.
Posteriormente, vistas e informadas las reclamaciones que en su caso se hubieran presentado, se elevará a la Alcaldía el
acta del proceso selectivo para que se proceda a la contratación como personal laboral temporal de la persona
seleccionada, constituyéndose una lista de espera.
Las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de las aspirantes según el orden de
prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante al que le correspondiese la contratación no fuera
contratada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocara al siguiente candidato/a que hubiera
superado el proceso de selección.
Décima. Acreditación de requisitos.
Las personas candidatas, cuando sean requeridas para su contratación, aportarán ante el Ayuntamiento la siguiente
documentación:
Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes
funciones.
Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la nacionalidad.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe
a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los
asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo del proceso que actuará bajo su dirección, cuando la
complejidad del mismo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
Procedimiento de selección: Concurso-oposición.
Oposición (60%).
La fase de oposición consistirá en la realización de la defensa oral de un proyecto de trabajo y actividades de carácter anual
a realizar en el curso lectivo.
Esta fase será eliminatoria, debiendo sacar el aspirante una nota media de 5 puntos, para pasar a la fase de concurso.
Concurso (40%).
a) Formación: Hasta un máximo de 4 puntos.
Cursos relacionados con el desempeño del puesto de trabajo
0,005 puntos por cada hora
a) Experiencia: Hasta un máximo de 6 puntos.
Por desarrollo de la actividad docente de Profesor/a en una escuela de música,
conservatorio, organismo educativo público o privado o Administración Pública.
0,10 puntos por cada mes
Octava. Calificación.
Tras calificar ambas fases, el Tribunal hallará la puntuación total sumando los puntos obtenidos en la fase del concurso y
oposición, y elaborará, por orden de puntuación, una lista.
En caso de empate, se acudirá para dirimirlo a la nota obtenida en la fase de oposición.
Novena. Relación de personas aprobadas.
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de
puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento en la sede electrónica del Ayuntamiento
(https://lagarrovilla.sedelectronica.es/info.0).
Se señalará un plazo de 2 días para reclamaciones.
Posteriormente, vistas e informadas las reclamaciones que en su caso se hubieran presentado, se elevará a la Alcaldía el
acta del proceso selectivo para que se proceda a la contratación como personal laboral temporal de la persona
seleccionada, constituyéndose una lista de espera.
Las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de las aspirantes según el orden de
prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante al que le correspondiese la contratación no fuera
contratada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocara al siguiente candidato/a que hubiera
superado el proceso de selección.
Décima. Acreditación de requisitos.
Las personas candidatas, cuando sean requeridas para su contratación, aportarán ante el Ayuntamiento la siguiente
documentación:
Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes
funciones.
Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la nacionalidad.
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