Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05069/2023)
Bases y convocatoria para cubrir una plaza, con carácter temporal, de Profesor de Música para la Escuela Municipal
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Ayuntamiento de La Garrovilla

Anuncio 5069/2023

El documento que se presente deberá encontrarse en vigor.
Certificado negativo de delitos sexuales.
Informe de situación administrativa que acredite que a fecha de presentación de solicitud se encuentra inscrito como
demandante de empleo o mejora de empleo emitido por el SEXPE (no se admite justificante de demanda de empleo).
Undécima. Constitución de la lista de espera.
Las personas integrantes de la lista de espera ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación
obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la
puntuación que ostenta dentro del listado.
Todas las personas que superen la fase de oposición serán incluidas en una lista de espera para las futuras contrataciones
que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el
listado correspondiente. El funcionamiento de la lista de espera se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y
principio de no discriminación.
El llamamiento se realizará siguiendo el orden de puntuación que haya sido obtenida por los aspirantes. Notificado el
mismo, el plazo para que se presente será de 2 días hábiles.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato, sin causa de justificación darán
lugar a la exclusión de la lista de espera.
El puesto que se ocupe no podrá permutarse o cambiarse con otra persona integrante de la misma lista de la bolsa que se
constituya.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento del orden obtenido dentro de
la lista de espera:
— Por estar ocupando o acceder a otro puesto de trabajo en esta u otra Administración Pública.
— Estar en situación de baja por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica, internamiento
hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo
que exija la lactancia natural de menores de nueve meses.
— Por estar en situación de servicios especiales, por desempeñar cargos públicos en régimen de
incompatibilidad.
Las personas incluidas en la lista de espera tendrán que presentar datos personales suficientes que permitan su pronta
localización, siendo responsables de que estén actualizados en todo momento.
Esta lista de espera tendrá una vigencia hasta el 30/06/2024.
Duodécima. Incompatibilidades.
El aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de
26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa
aplicable.
Decimotercera. Igualdad de género.
Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico, se entenderán aplicables a personas de
ambos sexos.
Decimocuarta. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las personas interesadas
recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer
en el plazo de 2 meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, o, a su elección, el que corresponda a su
domicilio, si este radica en Extremadura, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio en el tablón de anuncios de
la sede electrónica (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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