Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (04142/2023)
Bases, normas y condiciones generales de adjudicación de parcelas para casetas para partidos políticos, entidades, sindicatos, asociaciones vecinales y particulares en el recinto ferial municipal durante la feria y fiestas de Mérida 2023
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 4142/2023
La cuota a liquidar se establecerá en función del tipo de instalación y la potencia a contratar, según los parámetros e
importes que se establecen como anexo a las presentes bases.
8. Horarios de apertura y cierre de la actividad.
El horario de apertura y cierre de actividad estará en función de la normativa sanitaria y de espectáculos vigente en el
momento de celebración de la Feria y Fiestas y se comunicará oportunamente a todas las empresas y particulares mediante
un acuerdo de la Junta de Gobierno Local.
9. Obligaciones de los adjudicatarios.
a.- Se comprometen a mantener el orden, decoro y perfecto estado de limpieza de los espacios asignados, así
como a dejar las parcelas e instalaciones en las mismas condiciones que en el momento de su ocupación. En
el supuesto de que se efectúe algún daño en las instalaciones del Recinto Ferial, el Ayuntamiento de Mérida,
se reserva el ejercicio de las acciones legales que le correspondan, en el caso de que estos no respondiesen
de los mismos, procediéndose la reparación con cargo a la fianza depositada.
b.- En todo momento deberán acatar y respetar aquellas indicaciones, así como facilitar toda la
documentación que les sea requerida por el personal municipal y la Policía Local.
c.- En cuanto al personal que contraten los/as titulares de las atracciones y casetas será por su cuenta y
estarán obligados/as a cumplir todo lo legislado en materia laboral, Seguridad Social y prevención de riesgos
laborales. Este personal no tendrá relación de dependencia alguna con el Ayuntamiento.
d.- Deberán permanecer con la actividad con la que se le ha autorizado durante toda la celebración de la Feria
y Fiestas. Quién que no lo cumpla será sancionado/a de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria. No
se permitirá el desmontaje parcial de las atracciones mientras dure la Feria.
e.- Deberá cumplir con las normas de control del ruido que estimen necesarias el Excmo. Ayuntamiento
(sonido máximo, mediciones de decibelios, colocación y orientación de los dispositivos de reproducción de
sonidos…).
f.- Todas las atracciones deberán acogerse a lo establecido en la normativa sanitaria que en esas fechas esté
vigente en materia de aforos, distancias y en espacios de hostelería, alimentación y bebidas. así como a todas
y cada una de las normas sanitarias que se establezcan en nuestra Comunidad Autónoma para este tipo de
establecimientos.
10. Obligaciones del Ayuntamiento.
a.- El Ayuntamiento mantendrá correctamente pavimentado el Recinto, en perfecto estado de limpieza, con
las tomas de agua, desagües de saneamiento y puntos de conexión de energía eléctrica, a los que habrán de
conectar sus instalaciones los adjudicatarios, siguiendo las directrices del servicio de aguas y por la empresa
del suministro eléctrico. La contratación y coste del suministro de energía correrá por cuenta de los/as
titulares de las casetas.
b.- El Ayuntamiento organizará y dirigirá las tareas de vigilancia del Recinto y mantenimiento del orden
público, sin perjuicio de que se pueda contratar seguridad privada con la autorización expresa del
Ayuntamiento.
c.- El Ayuntamiento facilitará en el Recinto Ferial un dispensario de asistencia sanitaria y primeros auxilios
mediante un dispositivo móvil y técnicos sanitarios.
d.- El Excmo. Ayuntamiento establecerá medidas de control del ruido, que permitan mejorar la conciliación de
las fiestas y el derecho al descanso de la ciudadanía (sonido máximo, mediciones de decibelios, colocación y
orientación de los dispositivos de reproducción de sonidos…).
11. Prohibiciones.
a.- Los/as feriantes no podrán en modo alguno rebasar ni modificar las dimensiones que se autorizaron, ni
dividir o arrendar la parcela o destinarla a un tipo de actividad distinto para la que fue otorgada. En caso
contrario, el Ayuntamiento de Mérida, a través de sus propios medios, procederá al levantamiento de aquellas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 9
Anuncio 4142/2023
La cuota a liquidar se establecerá en función del tipo de instalación y la potencia a contratar, según los parámetros e
importes que se establecen como anexo a las presentes bases.
8. Horarios de apertura y cierre de la actividad.
El horario de apertura y cierre de actividad estará en función de la normativa sanitaria y de espectáculos vigente en el
momento de celebración de la Feria y Fiestas y se comunicará oportunamente a todas las empresas y particulares mediante
un acuerdo de la Junta de Gobierno Local.
9. Obligaciones de los adjudicatarios.
a.- Se comprometen a mantener el orden, decoro y perfecto estado de limpieza de los espacios asignados, así
como a dejar las parcelas e instalaciones en las mismas condiciones que en el momento de su ocupación. En
el supuesto de que se efectúe algún daño en las instalaciones del Recinto Ferial, el Ayuntamiento de Mérida,
se reserva el ejercicio de las acciones legales que le correspondan, en el caso de que estos no respondiesen
de los mismos, procediéndose la reparación con cargo a la fianza depositada.
b.- En todo momento deberán acatar y respetar aquellas indicaciones, así como facilitar toda la
documentación que les sea requerida por el personal municipal y la Policía Local.
c.- En cuanto al personal que contraten los/as titulares de las atracciones y casetas será por su cuenta y
estarán obligados/as a cumplir todo lo legislado en materia laboral, Seguridad Social y prevención de riesgos
laborales. Este personal no tendrá relación de dependencia alguna con el Ayuntamiento.
d.- Deberán permanecer con la actividad con la que se le ha autorizado durante toda la celebración de la Feria
y Fiestas. Quién que no lo cumpla será sancionado/a de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria. No
se permitirá el desmontaje parcial de las atracciones mientras dure la Feria.
e.- Deberá cumplir con las normas de control del ruido que estimen necesarias el Excmo. Ayuntamiento
(sonido máximo, mediciones de decibelios, colocación y orientación de los dispositivos de reproducción de
sonidos…).
f.- Todas las atracciones deberán acogerse a lo establecido en la normativa sanitaria que en esas fechas esté
vigente en materia de aforos, distancias y en espacios de hostelería, alimentación y bebidas. así como a todas
y cada una de las normas sanitarias que se establezcan en nuestra Comunidad Autónoma para este tipo de
establecimientos.
10. Obligaciones del Ayuntamiento.
a.- El Ayuntamiento mantendrá correctamente pavimentado el Recinto, en perfecto estado de limpieza, con
las tomas de agua, desagües de saneamiento y puntos de conexión de energía eléctrica, a los que habrán de
conectar sus instalaciones los adjudicatarios, siguiendo las directrices del servicio de aguas y por la empresa
del suministro eléctrico. La contratación y coste del suministro de energía correrá por cuenta de los/as
titulares de las casetas.
b.- El Ayuntamiento organizará y dirigirá las tareas de vigilancia del Recinto y mantenimiento del orden
público, sin perjuicio de que se pueda contratar seguridad privada con la autorización expresa del
Ayuntamiento.
c.- El Ayuntamiento facilitará en el Recinto Ferial un dispensario de asistencia sanitaria y primeros auxilios
mediante un dispositivo móvil y técnicos sanitarios.
d.- El Excmo. Ayuntamiento establecerá medidas de control del ruido, que permitan mejorar la conciliación de
las fiestas y el derecho al descanso de la ciudadanía (sonido máximo, mediciones de decibelios, colocación y
orientación de los dispositivos de reproducción de sonidos…).
11. Prohibiciones.
a.- Los/as feriantes no podrán en modo alguno rebasar ni modificar las dimensiones que se autorizaron, ni
dividir o arrendar la parcela o destinarla a un tipo de actividad distinto para la que fue otorgada. En caso
contrario, el Ayuntamiento de Mérida, a través de sus propios medios, procederá al levantamiento de aquellas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 9