Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (04142/2023)
Bases, normas y condiciones generales de adjudicación de parcelas para casetas para partidos políticos, entidades, sindicatos, asociaciones vecinales y particulares en el recinto ferial municipal durante la feria y fiestas de Mérida 2023
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 4142/2023
6. Montaje y desmontaje de las casetas.
a.- Se distribuirán las parcelas con las superficies y frentes señalados con las correcciones que
oportunamente se introduzcan, y que serán comprobados por el/la técnico/a municipal. Antes de iniciar el
montaje de las casetas se practicará el replanteo conjuntamente por el/la titular de la autorización de
ocupación y por los/as empleados/as municipales que Ayuntamiento designe.
b.- El montaje de las casetas será por cuenta de los/as solicitantes y sus estructuras deben estar
homologadas. Serán de aluminio con lonas blancas e ignífugas y obligatoriamente deberán tener como
mínimo un lavabo con aseo público conectado a la red de saneamiento.
c.- Los/as adjudicatarios/as de parcelas podrán contratar con cualquier empresa del ramo el alquiler de
carpas, siempre que cumplan los requisitos en el apartado anterior.
d.- Una vez montada la caseta en el Recinto Ferial y con carácter previo a su entrada en funcionamiento,
deberá presentarse:
- Certificado de revisión expedido por ingeniero técnico y visado por el colegio correspondiente,
sobre la solidez y seguridad de la caseta en el que igualmente deberá constar que el montaje se
ha realizado de conformidad con las normativas técnicas vigentes, y que se ha comprobado la
correcta instalación de la caseta.
- Acreditación del cumplimiento de la normativa en vigor contra incendios.
Una vez entregada la citada documentación, se entenderá otorgada la autorización administrativa para el funcionamiento
de la caseta. La no presentación de este certificado, supondrá la cancelación automática de la correspondiente autorización
de uso, que conllevará el cierre de la caseta, sin derecho a indemnización alguna.
Los/as adjudicatarios/as serán responsables exclusivos/as de los accidentes, daños y perjuicios que puedan causarse o
derivarse de la explotación de este durante todo el período de la instalación, montaje y desmontaje de la caseta. El
Ayuntamiento no responderá de los desperfectos por cualquier siniestro ni de los daños y perjuicios ocasionados a terceras
personas.
7. Suministro de energía eléctrica.
a.- El Excmo. Ayuntamiento de Mérida, establecerá los importes a repercutir por conexión, suministro y
mantenimiento de la acometida eléctrica en el Recinto Ferial. Será objeto de dichos importes el uso de la
energía eléctrica durante la celebración de la Feria y Fiestas de Mérida, tanto en las casetas como en las
actividades feriales que en la misma se desarrollen.
b.- Estarán obligados al pago las personas o entidades a cuyo favor fueran otorgadas las licencias.
c.- Cada actividad o atracción ferial ubicada en el Recinto habilitado para ello, dispondrá obligatoriamente de
un cuadro eléctrico general y de una caja de acometida instalada junto al punto de conexión de la red
principal.
d.- Cada una de las instalaciones eléctricas de las actividades o atracciones dispondrá obligatoriamente del
correspondiente certificado de la instalación eléctrica de baja tensión, debidamente legalizado, así como de
toda la documentación que exige la legislación vigente.
Una de las copias selladas por la Dirección General de Ordenación Industrial será entregada al Ayuntamiento a la hora de
liquidar las tasas correspondientes según se establece en el cuadro de precios según la potencia a contratar, en otra de las
copia el Ayuntamiento, una vez verificado la liquidación de la tasas, sellará la conformidad para la conexión, esta será
entregada a la empresa que realice los trabajos de instalación, enganche y mantenimiento.
Cada adjudicatario/a será responsable de la instalación eléctrica que va desde la caja de acometida hasta el final de su
propia instalación.
Si por cualquier circunstancia el/la mismo/a precisase un suministro de mayor potencia al previsto, este deberá ser
solicitado y deberá ser autorizado previo informe del servicio técnico municipal correspondiente. En caso de ser favorable el
servicio técnico procederá a calcular la liquidación que le corresponda.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 9
Anuncio 4142/2023
6. Montaje y desmontaje de las casetas.
a.- Se distribuirán las parcelas con las superficies y frentes señalados con las correcciones que
oportunamente se introduzcan, y que serán comprobados por el/la técnico/a municipal. Antes de iniciar el
montaje de las casetas se practicará el replanteo conjuntamente por el/la titular de la autorización de
ocupación y por los/as empleados/as municipales que Ayuntamiento designe.
b.- El montaje de las casetas será por cuenta de los/as solicitantes y sus estructuras deben estar
homologadas. Serán de aluminio con lonas blancas e ignífugas y obligatoriamente deberán tener como
mínimo un lavabo con aseo público conectado a la red de saneamiento.
c.- Los/as adjudicatarios/as de parcelas podrán contratar con cualquier empresa del ramo el alquiler de
carpas, siempre que cumplan los requisitos en el apartado anterior.
d.- Una vez montada la caseta en el Recinto Ferial y con carácter previo a su entrada en funcionamiento,
deberá presentarse:
- Certificado de revisión expedido por ingeniero técnico y visado por el colegio correspondiente,
sobre la solidez y seguridad de la caseta en el que igualmente deberá constar que el montaje se
ha realizado de conformidad con las normativas técnicas vigentes, y que se ha comprobado la
correcta instalación de la caseta.
- Acreditación del cumplimiento de la normativa en vigor contra incendios.
Una vez entregada la citada documentación, se entenderá otorgada la autorización administrativa para el funcionamiento
de la caseta. La no presentación de este certificado, supondrá la cancelación automática de la correspondiente autorización
de uso, que conllevará el cierre de la caseta, sin derecho a indemnización alguna.
Los/as adjudicatarios/as serán responsables exclusivos/as de los accidentes, daños y perjuicios que puedan causarse o
derivarse de la explotación de este durante todo el período de la instalación, montaje y desmontaje de la caseta. El
Ayuntamiento no responderá de los desperfectos por cualquier siniestro ni de los daños y perjuicios ocasionados a terceras
personas.
7. Suministro de energía eléctrica.
a.- El Excmo. Ayuntamiento de Mérida, establecerá los importes a repercutir por conexión, suministro y
mantenimiento de la acometida eléctrica en el Recinto Ferial. Será objeto de dichos importes el uso de la
energía eléctrica durante la celebración de la Feria y Fiestas de Mérida, tanto en las casetas como en las
actividades feriales que en la misma se desarrollen.
b.- Estarán obligados al pago las personas o entidades a cuyo favor fueran otorgadas las licencias.
c.- Cada actividad o atracción ferial ubicada en el Recinto habilitado para ello, dispondrá obligatoriamente de
un cuadro eléctrico general y de una caja de acometida instalada junto al punto de conexión de la red
principal.
d.- Cada una de las instalaciones eléctricas de las actividades o atracciones dispondrá obligatoriamente del
correspondiente certificado de la instalación eléctrica de baja tensión, debidamente legalizado, así como de
toda la documentación que exige la legislación vigente.
Una de las copias selladas por la Dirección General de Ordenación Industrial será entregada al Ayuntamiento a la hora de
liquidar las tasas correspondientes según se establece en el cuadro de precios según la potencia a contratar, en otra de las
copia el Ayuntamiento, una vez verificado la liquidación de la tasas, sellará la conformidad para la conexión, esta será
entregada a la empresa que realice los trabajos de instalación, enganche y mantenimiento.
Cada adjudicatario/a será responsable de la instalación eléctrica que va desde la caja de acometida hasta el final de su
propia instalación.
Si por cualquier circunstancia el/la mismo/a precisase un suministro de mayor potencia al previsto, este deberá ser
solicitado y deberá ser autorizado previo informe del servicio técnico municipal correspondiente. En caso de ser favorable el
servicio técnico procederá a calcular la liquidación que le corresponda.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 9