Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03298/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del uso de los huertos urbanos para mayores del Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz
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Seguridad Jurídica: Indicando el procedimiento de concesión de las autorizaciones e indicando los deberes y
derechos de los solicitantes y adjudicatarios de estas.
Transparencia: Consulta previa y previsión de la publicación de las convocatorias.
Eficiencia: Reducción de las obligaciones.
Sostenibilidad financiera: Realizando una previsión de necesidades económicas y su método de financiación.
Cabe indicar que la presente Ordenanza tiene como objetivo transversal, promover el envejecimiento activo ofreciendo un
espacio de esparcimiento y actividad para las personas mayores del municipio, promover buenas prácticas ambientales de
cultivo, gestión de residuos, ahorro de agua, y recuperación de usos y costumbres de la agricultura tradicional, promover
entre las personas mayores una alimentación sana y hábitos de vida saludables y recuperar espacios urbanos para uso
público.
Es importante crear zonas de ocio, que constituyan una iniciativa para el fomento de un envejecimiento activo, saludable y
productivo, permitiendo que las personas mayores disfruten del entorno natural realizando actividades con beneficios en la
mejora de sus capacidades físicas, psíquicas, cognitivas y sociales.
Se viene demandando desde hace tiempo por los mayores de la ciudad de Badajoz de espacios de ocio al aire libre y en
concreto de la creación de un espacio público de huertos urbanos ecológicos destinados para mayores.
Esta Ordenanza, por lo tanto, vendrá a dar respuesta a estas demandas y como consecuencia a conseguir una serie
de objetivos que se reflejan a continuación:
a) Promover el envejecimiento activo ofreciendo un espacio de esparcimiento y actividad para las personas
mayores del municipio.
b) Promover buenas prácticas ambientales de cultivo, gestión de residuos, ahorro de agua, y recuperación de
usos y costumbres de la agricultura tradicional.
c) Promover entre las personas mayores una alimentación sana y hábitos de vida saludables.
d) Recuperar espacios urbanos para uso público.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
1. La presente Ordenanza establece las condiciones técnicas y jurídicas que rigen el uso y aprovechamiento
de los huertos urbanos ecológicos para mayores del Instituto Municipal de Servicios Sociales del
Ayuntamiento de Badajoz.
2. Los huertos urbanos ecológicos para mayores pretenden ser un sistema modular estructurado para cultivo
individual de parcelas de suelo utilizando métodos tradicionales de cultivo que sean respetuosas con el
entorno y que estén basadas en los estándares actuales de la agricultura ecológica.
3. Se pretende, no solo permitir una alternativa de disfrute y entretenimiento individual mediante el cultivo
tradicional de diversos productos hortofrutícolas para su autoconsumo, sino también, constituyen una
iniciativa para el fomento de un envejecimiento activo, saludable y productivo, permitiendo que las personas
mayores disfruten del entorno natural realizando actividades con beneficios en la mejora de sus capacidades
físicas, psíquicas, cognitivas y sociales.
4. Objetivos generales que se establecen en la presente Ordenanza:
a) Dar respuesta a la demanda social de los mayores de la ciudad de Badajoz, sobre la creación
de huertos urbanos ecológicos para ellos.
b) Destinar parcelas sin uso en la actualidad bien propiedad del Instituto Municipal de Servicios
Sociales, bien adscritos temporalmente, para uso y disfrute por los mayores de la Ciudad de
Badajoz
c) Promover el envejecimiento activo ofreciendo un espacio de esparcimiento y actividad para
las personas mayores del municipio.
d) Promover buenas prácticas ambientales de cultivo, gestión de residuos, ahorro de agua, y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Seguridad Jurídica: Indicando el procedimiento de concesión de las autorizaciones e indicando los deberes y
derechos de los solicitantes y adjudicatarios de estas.
Transparencia: Consulta previa y previsión de la publicación de las convocatorias.
Eficiencia: Reducción de las obligaciones.
Sostenibilidad financiera: Realizando una previsión de necesidades económicas y su método de financiación.
Cabe indicar que la presente Ordenanza tiene como objetivo transversal, promover el envejecimiento activo ofreciendo un
espacio de esparcimiento y actividad para las personas mayores del municipio, promover buenas prácticas ambientales de
cultivo, gestión de residuos, ahorro de agua, y recuperación de usos y costumbres de la agricultura tradicional, promover
entre las personas mayores una alimentación sana y hábitos de vida saludables y recuperar espacios urbanos para uso
público.
Es importante crear zonas de ocio, que constituyan una iniciativa para el fomento de un envejecimiento activo, saludable y
productivo, permitiendo que las personas mayores disfruten del entorno natural realizando actividades con beneficios en la
mejora de sus capacidades físicas, psíquicas, cognitivas y sociales.
Se viene demandando desde hace tiempo por los mayores de la ciudad de Badajoz de espacios de ocio al aire libre y en
concreto de la creación de un espacio público de huertos urbanos ecológicos destinados para mayores.
Esta Ordenanza, por lo tanto, vendrá a dar respuesta a estas demandas y como consecuencia a conseguir una serie
de objetivos que se reflejan a continuación:
a) Promover el envejecimiento activo ofreciendo un espacio de esparcimiento y actividad para las personas
mayores del municipio.
b) Promover buenas prácticas ambientales de cultivo, gestión de residuos, ahorro de agua, y recuperación de
usos y costumbres de la agricultura tradicional.
c) Promover entre las personas mayores una alimentación sana y hábitos de vida saludables.
d) Recuperar espacios urbanos para uso público.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
1. La presente Ordenanza establece las condiciones técnicas y jurídicas que rigen el uso y aprovechamiento
de los huertos urbanos ecológicos para mayores del Instituto Municipal de Servicios Sociales del
Ayuntamiento de Badajoz.
2. Los huertos urbanos ecológicos para mayores pretenden ser un sistema modular estructurado para cultivo
individual de parcelas de suelo utilizando métodos tradicionales de cultivo que sean respetuosas con el
entorno y que estén basadas en los estándares actuales de la agricultura ecológica.
3. Se pretende, no solo permitir una alternativa de disfrute y entretenimiento individual mediante el cultivo
tradicional de diversos productos hortofrutícolas para su autoconsumo, sino también, constituyen una
iniciativa para el fomento de un envejecimiento activo, saludable y productivo, permitiendo que las personas
mayores disfruten del entorno natural realizando actividades con beneficios en la mejora de sus capacidades
físicas, psíquicas, cognitivas y sociales.
4. Objetivos generales que se establecen en la presente Ordenanza:
a) Dar respuesta a la demanda social de los mayores de la ciudad de Badajoz, sobre la creación
de huertos urbanos ecológicos para ellos.
b) Destinar parcelas sin uso en la actualidad bien propiedad del Instituto Municipal de Servicios
Sociales, bien adscritos temporalmente, para uso y disfrute por los mayores de la Ciudad de
Badajoz
c) Promover el envejecimiento activo ofreciendo un espacio de esparcimiento y actividad para
las personas mayores del municipio.
d) Promover buenas prácticas ambientales de cultivo, gestión de residuos, ahorro de agua, y
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