Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. (03002/2023)
Bases reguladoras y convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar durante el curso académico 2023/2024
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 3002/2023

suficientes cuando los ingresos netos de la unidad familiar de convivencia sean superiores al
100% del importe anual fijado en la Ley de Presupuesto Generales de Estado vigente para el
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), incrementándose en un 20% por cada
miembro de la unidad familiar de convivencia, hasta el límite máximo de 200% del IPREM.
No obstante, en caso de pago de préstamo hipotecario o de alquiler sobre la vivienda habitual
de residencia del solicitante y de su unidad familiar de convivencia en el ejercicio anterior al de
la solicitud durante al menos seis meses, los límites de ingresos se incrementarán un 40%
sobre el IPREM, hasta el límite máximo del 240% del IPREM.
2. Cuando alguno de los progenitores del causante no esté empadronado con él en el mismo domicilio y no
exista una atribución de la guarda y custodia al otro progenitor, deberán tenerse en cuenta los ingresos de
ambos progenitores, a efectos de determinar la carencia de rentas o ingresos suficientes.
3. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la
unidad familiar de convivencia:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia
personal, establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
b) La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de esa edad y
que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65%.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y
manutención, que se obtengan por asistencia a acciones de formación ocupacional.
e) Las ayudas económicas para suministros mínimos vitales concedidas por una Administración
Pública.
4. No podrán concederse estas ayudas a quienes las soliciten por un causante que haya persistido en una
situación absentismo escolar durante el curso escolar anterior a la solicitud de ayuda o sean progenitores o
tutores de otro alumno absentista en ese mismo curso.
5. Todos los requisitos deben concurrir en el momento de presentación de la solicitud de ayuda. El requisito
establecido en la letra b) del punto 1 del artículo anterior deberá mantenerse durante todo el curso
académico, salvo en caso justificado de traslado del causante a un centro escolar de otro municipio durante el
curso.
6. La concesión de estas ayudas es incompatible con la percepción de otras prestaciones, subvenciones o
ayudas públicas o privadas que tengan la misma finalidad.
Artículo 5. Presupuesto de la convocatoria.
1. El presupuesto de esta convocatoria será de 21.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria
1502310048100 del presupuesto municipal de 2023.
2. No podrán concederse ayudas por un importe total superior al presupuesto indicado anteriormente, salvo
que se proceda a su incremento con carácter previo a la resolución de la convocatoria.
Artículo 6. Cuantía y forma de abono de las ayudas.
1. La ayuda a conceder será de 175,00 euros por cada causante y se abonará, previo endoso, directamente a
la empresa donde se hayan adquirido los libros de texto y/o el material escolar, que deberá tener
establecimiento comercial en la ciudad de Don Benito.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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