Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. (03175/2023)
Aprobación del Reglamento interno de las residencias de mayores
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Ayuntamiento de La Albuera

Anuncio 3175/2023

C.- NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA.
C.1.- Normas generales de convivencia.
a) Cuando esté en las zonas comunes, comedor, sala de estar…, deberá vestir ropa de calle.
b) Si encuentra o pierde cualquier objeto deberá comunicarlo al personal del centro.
c) Los usuarios deberán de abstenerse de dar propinas o gratificaciones al personal que trabaja
en el centro.
d) No utilice los sillones de las zonas comunes para dormir, recuerde que es una zona de usos
múltiples.
e) La corriente eléctrica del Centro es de 220 V, antes de utilizar cualquier aparato eléctrico,
asegúrese de que el voltaje es el adecuado.
f) Cuide de que en cada momento sólo permanezcan encendidas aquellas luces que sean
necesarias y colabore apagando las demás.
k) Tanto de los residentes, como los trabajadores del Centro, merecen su respeto y
consideración, cuando se dirija a ellos, hágalo con amabilidad.
l) Cuando tenga algún problema con su compañero de habitación u otro residente, usuario o
trabajador del Centro, procure evitar cualquier tipo de enfrentamiento, póngalo en
conocimiento de los órganos de gestión y representación.
ll) Está totalmente prohibido fumar en las dependencias del Centro.
m) Todos los residentes tendrán un periodo de adaptación de 15 días.
n) No hay hora establecida para acostarse mientras no molesten a los demás.
ñ) Durante las horas de limpieza procure facilitar la misma.
o) Las puertas de la residencia permanecerán cerradas según el horario establecido. Si por
cualquier causa Vd. debiera regresar más tarde, deberá comunicarlo al personal auxiliar del
Centro.
p) Si por cualquier causa pernoctase fuera del Centro deberá comunicarlo con un día, al menos,
de antelación. Así como las salidas que tenga que realizar fuera de la localidad por diferentes
razones: consultas médicas, visitas a familiares.
q) Procure no utilizar las zonas comunes durante las horas de limpieza con el fin de facilitar las
tareas encomendadas a este personal.
En el cumplimiento de las normas de convivencia se tendrá especial consideración con los residentes que
sufran algún tipo de dependencia psíquica.
C.2.- Comedor.
a) El menú es único para todos, salvo los regímenes prescritos por su médico.
b) El menú se fijará semanalmente en el tablón de anuncios. Los horarios deben cumplirse con
la mayor rigurosidad, para evitar trastornos en el servicio. Si por alguna circunstancia prevé la
imposibilidad de hacerlo, deberá comunicarlo con la debida antelación.
c) El horario se establecerá dentro de los siguientes márgenes:
I) Desayuno: de 9:00 h a 10:30 h.
II) Suplemento: A las 11:30 h.
III) Comida: Primer turno a las 12:30 h y segundo turno a las 13:30h.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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