Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. (03175/2023)
Aprobación del Reglamento interno de las residencias de mayores
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Albuera
Anuncio 3175/2023
2. No respetar las normas de convivencia del Centro de forma reiterada.
3. La embriaguez habitual o la drogadicción.
4. La desidia y abandono de su higiene personal, negándose a recibir la asistencia del
personal de la residencia.
5. El acoso sexual, o de otra índole, o su tentativa, o cualquier otro tipo de vejaciones a
otro residente personal de la residencia.
6. Ante un cambio del estado físico ó psíquico del residente que lo lleve a la consideración
de asistido, si el Centro no contara con plaza libre de esta consideración en un tiempo
máximo de 15 días, ni la previsión de traslado inmediato a un centro de asistidos, los
familiares directos y/o responsables se harán cargo del mismo.
F.- SISTEMA DE PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN.
Se garantizará la participación de las personas usuarias y personal del centro mediante la constitución de una Asamblea
General.
La Asamblea General se constituye por los usuarios del Centro y por los trabajadores del Centro, estos últimos con voz pero
sin voto.
La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria una vez trimestralmente, y en sesión extraordinaria cuantas veces sean
necesarias, a petición del 25% de los residentes o socios.
La convocatoria de cada Asamblea se realizará por el Presidente de la misma o por la Dirección del Centro, con una
antelación mínima de siete días. Se hará pública en el tablón de anuncios del Centro, haciéndose constar su carácter, la hora
y el orden del día.
La Asamblea quedará formalmente constituida con la presencia de al menos el 10% de los socios o residentes en primera
convocatoria y en segunda, que necesariamente se realizará media hora después, cualquiera que sea el número de
asistentes.
Una vez reunida, se efectuará la oportuna elección del Presidente y del Vicepresidente de la Asamblea General por el
procedimiento de mano alzada, previa presentación de los candidatos a cada cargo. La duración del mandato será de dos
años, o hasta que cause baja en el Centro alguno de sus miembros.
Los acuerdos de la Asamblea se tomarán por mayoría simple de los presentes.
En cada reunión de la Asamblea se levantará un acta donde figure:
a) Número de asistentes.
b) Desarrollo de orden del día
c) Acuerdos tomados.
Una copia del acta deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Centro.
Son facultades de la Asamblea General:
1) Elaborar programas anuales de actividades.
2) Acordar por mayoría de 2/3 la renovación de los cargos de la Asamblea General, siempre que medie causa
justificada.
3) Planteamiento y resolución de posibles problemas que pudieran surgir en el Centro, con el objeto de
procurar y mejorar el buen funcionamiento del Centro.
4) Elaborar un acta o informe sobre el funcionamiento del Centro.
5) Velar por unas relaciones de convivencia, participativas y democráticas entre los usuarios.
6) Adoptar los acuerdos pertinentes en materia de premios y sanciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2. No respetar las normas de convivencia del Centro de forma reiterada.
3. La embriaguez habitual o la drogadicción.
4. La desidia y abandono de su higiene personal, negándose a recibir la asistencia del
personal de la residencia.
5. El acoso sexual, o de otra índole, o su tentativa, o cualquier otro tipo de vejaciones a
otro residente personal de la residencia.
6. Ante un cambio del estado físico ó psíquico del residente que lo lleve a la consideración
de asistido, si el Centro no contara con plaza libre de esta consideración en un tiempo
máximo de 15 días, ni la previsión de traslado inmediato a un centro de asistidos, los
familiares directos y/o responsables se harán cargo del mismo.
F.- SISTEMA DE PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN.
Se garantizará la participación de las personas usuarias y personal del centro mediante la constitución de una Asamblea
General.
La Asamblea General se constituye por los usuarios del Centro y por los trabajadores del Centro, estos últimos con voz pero
sin voto.
La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria una vez trimestralmente, y en sesión extraordinaria cuantas veces sean
necesarias, a petición del 25% de los residentes o socios.
La convocatoria de cada Asamblea se realizará por el Presidente de la misma o por la Dirección del Centro, con una
antelación mínima de siete días. Se hará pública en el tablón de anuncios del Centro, haciéndose constar su carácter, la hora
y el orden del día.
La Asamblea quedará formalmente constituida con la presencia de al menos el 10% de los socios o residentes en primera
convocatoria y en segunda, que necesariamente se realizará media hora después, cualquiera que sea el número de
asistentes.
Una vez reunida, se efectuará la oportuna elección del Presidente y del Vicepresidente de la Asamblea General por el
procedimiento de mano alzada, previa presentación de los candidatos a cada cargo. La duración del mandato será de dos
años, o hasta que cause baja en el Centro alguno de sus miembros.
Los acuerdos de la Asamblea se tomarán por mayoría simple de los presentes.
En cada reunión de la Asamblea se levantará un acta donde figure:
a) Número de asistentes.
b) Desarrollo de orden del día
c) Acuerdos tomados.
Una copia del acta deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Centro.
Son facultades de la Asamblea General:
1) Elaborar programas anuales de actividades.
2) Acordar por mayoría de 2/3 la renovación de los cargos de la Asamblea General, siempre que medie causa
justificada.
3) Planteamiento y resolución de posibles problemas que pudieran surgir en el Centro, con el objeto de
procurar y mejorar el buen funcionamiento del Centro.
4) Elaborar un acta o informe sobre el funcionamiento del Centro.
5) Velar por unas relaciones de convivencia, participativas y democráticas entre los usuarios.
6) Adoptar los acuerdos pertinentes en materia de premios y sanciones.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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